En el día de hoy, Martes dieciocho (18) de Noviembre del 2008, en horas de despacho, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el acto conciliatorio entre las partes se anunció el acto a viva voz a las puertas del Despacho y el Tribunal deja constancia de que comparecieron los ciudadanos: ANGELICA DEL CARMEN VERAZA PACHECO, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la Comunidad de Río Santiago de esta jurisdicción, de ocupaciones del hogar y titular de la Cédula de Identidad N°.V-21.288.621 y ANNER JESUS SUNIAGA MARIN, venezolano, mayor de edad, chofer, domiciliado en la Comunidad de Río Santiago de esta jurisdicción y titular de la Cédula de Identidad N°.V-12.739.476, en su carácter de partes Actora y demandada en el presente juicio y progenitores de la niña cuyas identificación se omiten de conformidad con la Ley. Seguidamente se deja constancia de que el Tribunal insta a las partes a conciliar en el presente proceso, cuyo acto se celebra en los términos siguientes: “la madre de la niña manifiesta yo lo que quiero es que el padre de mi hijo le de lo que ella necesite tales como: alimentación, medicinas, ropa, calzado y que cumpla con sus obligaciones de padre”. El padre de la niña manifiesta que el está dispuesto pasarle cincuenta bolívares fuertes (Bs. F 50,oo) semanales, cumplir con los gastos de medicinas cuando lo requiera, su ropa y calzado en el mes de Diciembre”. La madre de la niña manifiesta que esta de acuerdo con lo ofrecido por el padre de su niña y consigno en este acto copia de la libreta de ahorro del Banco Mi Casa, a los fines del deposito respectivo y que los mismo sean puntuales. El padre de la niña acepta la propuesta hecha por la madre de su hija y que cumplirá con los respectivos depósitos en la mencionada cuenta. Terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Provisorio,
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Abg. RAFAEL TEODORO CASTILLO

La Parte Actora:
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ANGELICA DEL CARMEN VERAZA PACHECO
La Parte demandada,
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Ciudadano: ANNER JESUS SUNIAGA MARIN

La Secretaria Accidental,

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Ciudadana: BETSABE PRIETO GARCIA



Exp. N°656-2008.-