REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 20 de Noviembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-000398
ASUNTO: RP11-P-2008-000398


Visto el escrito interpuesto por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, mediante el cual solicita a este Tribunal que de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del código orgánico procesal penal, se decrete el sobreseimiento de la presente causa seguida contra Elíaziv Rafael Díaz Rosal y Angel Alejandro Díaz Rosal por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales sin calificar , en perjuicio de Saturnino Rafael González, ello en virtud de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación que permitan el enjuiciamiento del imputado; Este tribunal, pasa a decidir prescindiendo de la audiencia a que se contrae el artículo 323 del código orgánico procesal penal por estimar que la misma resultaría infructuosa teniendo en cuenta la poca importancia del hecho, en los términos siguientes: De la revisión de la presente causa se evidencia que la misma fue aperturada en fecha 05 de Abril del año 2.005, tal como se evidencia de denuncia interpuesta ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas Sub delegación Estadal Carúpano, así mismo consta que se realizaron las diligencias necesarias, tales como entrevistas, Inspecciones, etc. sin embargo no se realizó el reconocimiento médico – Legal a la presunta víctima, por lo que quien decide comparte el criterio del despacho fiscal de que a la presente fecha, es imposible que puedan incorporarse a la investigación elementos que permitan siquiera la calificación Jurídica de las lesiones sufridas por la víctima, siendo imposible el enjuiciamiento de los imputados, configurándose en consecuencia, la causal del ordinal 4º del artículo 318 del código orgánico procesal penal , por lo que se estima procedente decretar el sobreseimiento solicitado y así se decide:
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, Este tribunal Primero de Control del circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento de la presente causa seguida contra Elíaziv Rafael Díaz Rosal Venezolano, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.113.634 y domiciliada en calle Venezuela, N° 11, (Via Nacional), El Rincón, Municipio Benítez del Estado Sucre y Angel Alejandro Díaz Rosal Venezolano, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.957.577 y domiciliada en calle Venezuela, N° 11, (Via Nacional), El Rincón, Municipio Benítez del Estado Sucre por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales sin calificar , en perjuicio de Saturnino Rafael González, Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del código orgánico procesal penal. Líbrense las notificaciones respectivas.
El Juez Primero de Control.

Abg. Luís Mariano Marsella.
La Secretaria.

Abg. Maria Magdalena Acosta.