REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-004800
ASUNTO : RP01-P-2008-004800
Vista la solicitud presentada por la Ciudadana LAURA ISABEL GUERRA LEZAMA, titular de la cédula de identidad N° 11.416.898, Victima indirecta en la causa penal en fase de investigación identificada con el N° 19-F1-1C-236-08, nomenclatura de la Fiscalia Primera del Ministerio Público, iniciada con ocasión del homicidio de su hermano JEAN CARLOS GUERRA LEZAMA, en la población de Nurucual, manifestando tal y como consta en el acta de entrevista anexa, el temor que siente por su integridad física y la de su familia, ante las reiteradas amenazas y daños a sus bienes de que han sido objeto por parte de LUIS FELICIANO ANDRADE GONZALEZ, apodado “PICHE”, RAUL SIFONTES y ROGELIO GOITIA, imputados en la citada causa, al extremo que tuvo que abandonar su hogar y radicarse en otro sector de la Parroquia Raúl Leoni. señalando esto por el Fiscal Superior del Ministerio Público Dr. GERSON MIGUEL VILLAMIZAR GARCIA y considerando este Tribunal que existe un inminente peligro para la Ciudadana LAURA ISABEL GUERRA LEZAMA, antes identificada, y su familia, es por lo que se acuerda Custodia Policial Permanente mediante recorridos policiales y visitas domiciliarias por su casa ubicada en Yaguaracual, Sector Puerto Nuevo, EL TOTUMO, casa s/n, portón amarillo, Carretera Nacional Cumaná Puerto La Cruz, Estado Sucre. La misma tendrá una duración de treinta días y podrá prorrogado en caso necesidad y a solicitud del Ministerio Público; en tal sentido se oficia al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, a fin de solicitarle la designación de los funcionarios que deban cumplir con el mandato de protección a la victima. Igualmente se Oficia al Fiscal Superior del Ministerio Público informándole de esta decisión Cúmplase.
LA JUEZA SEXTO DE CONTROL
MARLENY MORA SALAS
LA SECRETARIA
MARIA VICTORIA AGUILAR