REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-004796
ASUNTO : RP01-P-2008-004796


En fecha 08 de noviembre de 2008 a las 4:30 pm en la sala 05 de este circuito Judicial Penal del Estado Sucre se constituye el tribunal quinto de control presidido por la Juez Abg. María Gabriela Faria da inicio a la audiencia de presentación de detenidos en la presente causa signada con el No. RP01-P-2008-004796 (Nomenclatura de este Tribunal), seguida contra los ciudadanos MARIN LUIS ALEJANDRO, venezolano, nacido en fecha 01 DE ABRIL DE 1976, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.658.915, de estado Civil Soltero, natural de esta ciudad, de profesión u ocupación taxista, , RESIDENCIADO EN SAN FRANCISCO CALLE UNICA CASA NRO. 43 PARROQUIA: ALTAGRACIA, PEINADO CARLOS JOSE, venezolano, nacido en fecha 01 DE ABRIL DE 1976, de 60 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.606.217, de estado Civil Soltero, natural de esta ciudad, de profesión u ocupación taxista, RESIDENCIADO EN CIUDAD SALUD MANZANA G CALLE 6 CASA 67 Y CARLOS JOSE PEINADO MORENO DE 30 AÑOS DE EDAD NACIDO EN CUMANÁ EN FECHA 16-02-1978 TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD 13.941.208 RESIDENCIADO EN LA LLANADA SECTOR 01 CALLE 03 CASA SIN NRO. DE PROFESIÓN U OFICIO MENSAJERO, FIGUEROA RAMIREZ SONIMAR JOSE, DE 24 AÑOS DE EDAD NACIDO EN FECHA 21-11-1983 TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD 16.485.904, RESIDENCIADA EN SAN FRANCISCO CALLE UNICA CASA NRO. 43 DE PROFESIÓN U OFICIO AUXILIAR DE PREESCOLAR, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, VIOLENCIA PATRIMONIAL Y LESIONES previsto y sancionado en los artículos 39,41,42 Y 50 de la Ley Orgánica de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARLUIS DEL VALLE HERRERA RODRIGUEZ, EN REPRESENTACION DEL MENOR SAMUEL MUÑOZ, CARMEN LEONOR RAMIREZ DE FIGUEROA Y SONIMAR JOSE FIGUEROA QUIEN ACTUA COMO IMPUTADA Y VICTIMA. Este tribunal en presencia de las partes, La representante de la Fiscalía Décima del Ministerio Público ABG. YAMILET DELGADO GARCIA, y el Defensor Público Penal ABG. CAROLINA MARTINEZ, quien acepto el cargo recaído en la presente causa, los imputados antes mencionados y las victimas plenamente identificadas, dictó su decisión en los siguientes términos:
Se le otorgó la palabra a la Fiscalía Décima del Ministerio Público, quien en este acto ratificó el escrito presentado en esta misma fecha, exponiendo a tal efecto las circunstancias de tiempo, modo y lugar como ocurrieron los hechos; luego expuso los fundamentos que sustentan la imputación formal que presentó en contra del imputado EN FECHA 08 DE NOVIEMBRE DE 2008 SE RECIBIERON DENUNCIAS DE CARMEN LEONOR RAMIREZ DE FIGUEROA DE CEDULA NRO. 5.085.434, venezolana de fecha de nacimiento 30 de diciembre de 1959 de 48 años de edad residenciada en ciudad salud manzana g casa nro. 67 calle 06 de esta ciudad parroquia Altagracia y de profesión auxiliar de enfermeria este Tribunal en, FIGUEROA RAMIREZ SONIMAR JOSE, DE 24 AÑOS DE EDAD NACIDO EN FECHA 21-11-1983 TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD 16.485.904, RESIDENCIADA EN SAN FRANCISCO CALLE UNICA CASA NRO. 43 DE PROFESIÓN U OFICIO AUXILIAR DE PREESCOLAR, conforme al cual explica que el ciudadano CARLOS PEINADO de 60años de edad la amenazó de muerte y le dañó el porche de la casa y a la ciudadana SONIMAR FIGUEROA que el referido ciudadano la agredió físicamente, asi mismo el ciudadano Merluis del Valle manifestó que la ciudadana SONIMAR FIGUEROA AGREDIÓ A SU HIJO MENOR DE EDAD DE NOMBRE SAMUEL MUÑOZ. De las actuaciones se evidencian que se encuentra en presencia de los delitos de violencia fisica violencia patrimonial y lesiones establecido en los art. 42 y 50 de la ley orgtanica del derecho de la mujer a una vida libre de violencia cometido por el ciudadano carlos peinado , sonimar Figueroa, y lesiones leves ´previstos en el art. 416 del codigo penal, es por lo que solicito visto que se han violentado los derechos de los imputados de autos establecidos en los art. 125 y 130 del codigo organico procesal penal es por lo que solicito libertad sin restricciones a favor de los imputados que actuan tambuien como victimas en la presente causa..- y por último solicitó copia simple del acta. Es todo. Se le concede el derecho de palabra a las ciudadanas que funjen como victimas en el presente acto manifestando las mismas su deseo de no declarar. Se impuso a los imputados MARIN LUIS ALEJANDRO, venezolano, nacido en fecha 01 DE ABRIL DE 1976, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.658.915, de estado Civil Soltero, natural de esta ciudad, de profesión u ocupación taxista, RESIDENCIADO EN SAN FRANCISCO CALLE UNICA CASA NRO. 43 PARROQUIA: ALTAGRACIA, PEINADO CARLOS JOSE, venezolano, nacido en fecha 01 DE ABRIL DE 1976, de 60 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.606.217, de estado Civil Soltero, natural de esta ciudad, de profesión u ocupación taxista, RESIDENCIADO EN CIUDAD SALUD MANZANA G CALLE 6 CASA 67 Y CARLOS JOSE PEINADO MORENO DE 30 AÑOS DE EDAD NACIDO EN CUMANÁ EN FECHA 16-02-1978 TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD 13.941.208 RESIDENCIADO EN LA LLANADA SECTOR 01 CALLE 03 CASA SIN NRO. DE PROFESIÓN U OFICIO MENSAJERO, FIGUEROA RAMIREZ SONIMAR JOSE, DE 24 AÑOS DE EDAD NACIDO EN FECHA 21-11-1983 TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD 16.485.904, RESIDENCIADA EN SAN FRANCISCO CALLE UNICA CASA NRO. 43 DE PROFESIÓN U OFICIO AUXILIAR DE PREESCOLAR, del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitucional Nacional de Venezuela en concordancia con el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, que los exime de declarar en causa propia, pero si desea declarar lo puede hacer sin juramento. En cuanto al ciudadano PEINADO CARLOS JOSE, venezolano, nacido en fecha 01 DE ABRIL DE 1976, de 60 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.606.217, de estado Civil Soltero, natural de esta ciudad, de profesión u ocupación taxista, RESIDENCIADO EN CIUDAD SALUD MANZANA G CALLE 6 CASA 67 manifiesta su deseo de declarar luego de explicarle sobre el precepto constitucional alegó querer declarar y se le concede el derecho de palabra y expone: “ A las 8 de la noche yo llegamos con la señora marluis y sacamos tres sillas a la acera y sacamos una botella para compartir con unos chorizos ellos si pensaron que iba a suceder por cuanto la señora carmen hizo una llamada a la esposa del señor Carlos José peinado y sucedió el problema por una llamada, en ningún momento agredimos a nadie ellos nos agredieron a nosotros y nosotros nos defendimos llamamos al comando fue por el armamento que se me perdió del cuarto. Es todo. Se deja constancia que los ciudadanos MARIN LUIS ALEJANDRO, venezolano, nacido en fecha 01 DE ABRIL DE 1976, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.658.915, de estado Civil Soltero, natural de esta ciudad, de profesión u ocupación taxista, , RESIDENCIADO EN SAN FRANCISCO CALLE UNICA CASA NRO. 43 PARROQUIA: ALTAGRACIA, PEINADO CARLOS JOSE, venezolano, nacido en fecha 01 DE ABRIL DE 1976, de 60 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.606.217, de estado Civil Soltero, natural de esta ciudad, de profesión u ocupación taxista, RESIDENCIADO EN CIUDAD SALUD MANZANA G CALLE 6 CASA 67 Y CARLOS JOSE PEINADO MORENO DE 30 AÑOS DE EDAD NACIDO EN CUMANÁ EN FECHA 16-02-1978 TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD 13.941.208 RESIDENCIADO EN LA LLANADA SECTOR 01 CALLE 03 CASA SIN NRO. DE PROFESIÓN U OFICIO MENSAJERO, FIGUEROA RAMIREZ SONIMAR JOSE, DE 24 AÑOS DE EDAD NACIDO EN FECHA 21-11-1983 TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD 16.485.904, RESIDENCIADA EN SAN FRANCISCO CALLE UNICA CASA NRO. 43 DE PROFESIÓN U OFICIO AUXILIAR DE PREESCOLAR. Se acojen al precepto constitucional. Se le otorgó la palabra a la Defensora Pública Penal Abg. Carolina Martinez, quien manifestó: Me acojo a la solicitud de la representante de la fiscalía. Copia simple. Es todo. Este Tribunal QUINTO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, escuchada como ha sido la solicitud fiscal, y los argumentos esgrimidos por la defensa, y por el imputado CARLOS PEINADO en aplicación del procedimiento especial establecido en los artículos 94 y 101 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LE LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: Ciertamente de las actas procesales se evidencia que estamos en presencia de delito precalificado por el Ministerio Público como lo ES delito de VIOLENCIA FISICA, VIOLENCIA PATRIMONIAL Y LESIONES , previsto y sancionado en los artículos 39,41,42 Y 50 de la Ley Orgánica de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de los ciudadanos supra identificados ello en virtud de los hechos ocurridos en fecha 08 de Noviembre de 2008,
Por lo tanto procede este Tribunal Quinto en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DEL MINISTERIO PUBLICO DE LIBERTAD PLENA A LOS CIUDADANOS PRESENTES EN SALA Y Acuerda LA NULIDAD DE LAS ACTUACIONES QUE CURSAN DEL FOLIO UNO AL FOLIO 39 POR SER CONTRARIAS A DERECHO VIOLATORIAS DEL DEBIDO PROCESO EN ARAAS DE RESGUARDAR LOS DERECHOS Y LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES ASI SE DECIDE ASI MISMO SE ORDENA SE REMITA COPIA DE LAS PRESENTES ACTUACIONES ASI COMO DE ESTA DECISION A LA FISCALIA SUPERIOR CON LA FINALIDAD DE QUE EL MINISTERIO PUBLICO DETERMINE LA RESPONSABILIDAD DE LOS FUNCIONARIOS ACTUANTES EN LA PRESENTE CAUSA. ES TODO Líbrese boleta de Excarcelación, adjunta a oficio dirigido al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre Oficio a la fiscalía superior. Remítanse las presentes actuaciones en su oportunidad legal a la fiscalía de origen. En virtud de esta decisión fue dictada en audiencia oral en presencia de las partes, téngase a las mismas por notificadas conforme al artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.-
EL JUEZ QUINTO DE CONTROL

ABG. MARIA GABRIELA FARIA
LOS IMPUTADOS

CARLOS JOSE PEINADO

CARLOS JOSE PEINADO MORENO

LUIS ALEJANDRO MARIN

SONIMAR JOSE FIGUEROA


LAS VICTIMAS

MARLUIS DEL VALLE HERRERA RODRIGUEZ EN REPRESENTACION DEL MENOR SAMUEL MUÑOZ

CARMEN LEONOR RAMIREZ DE FIGUEROA

SONIMAR JOSE FIGUEROA


LA FISCAL DECIMA DEL MINISTERIO PUBLICO

ABG. YAMILET DELGADO
LA DEFENSA
ABG. CAROLINA MARTINEZ


LA SECRETARIA
ABG. ALISSON PERNIA