REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 28 de Noviembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-004549
ASUNTO : RP01-P-2008-004549
Visto el escrito presentado por la Abg. Yamilet Delgado García, en su carácter de Fiscal Séptimo (A) del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita el sobreseimiento de la causa, seguida al imputado Antonio Rafael Gonzalez Salazar, quien esta incurso en la presunta comisión de uno de los delitos previstos en Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana Yelitza del Valle Segura. Sobreseimiento que solicita de conformidad con lo establecido en el numeral 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal Segundo de Control previamente antes de decidir observa:

DE LOS HECHOS OBJETOS DE LA INVESTIGACIÓN
Al folio 03 y su vto del presente asunto cursa acta policial de fecha 17/10/08, suscrito por funcionarios policiales adscritos al Instituto Autónomo de Policial del Municipio Sucre del Estado Sucre, donde narran las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrió la aprehensión del imputado Antonio Rafael Gonzalez Salazar.-

Al folio 05 y su vto, del presente asunto cursa declaración de la ciudadana Yelitza del Valle Segura, de fecha 17/10/08, la cual fue rendida por ante el departamento de investigación y captura del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre.

Al folio 06 del presente asunto cursa recipe medico a nombre de la victima Yelitza del Valle Segura, suscrito por la Dra. Ana Lárez, adscrita al Centro de Diagnostico Integral Fé y Alegría.-

Al folio 09 del presente asunto cursa acta de investigación penal de fecha 17/10/08, suscrita por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, delegación Cumana - Estado Sucre.-

Al folio 12 del presente asunto cursa Memorandun Nro.- 9700-174-SDCC-1877, emanado del Departamento de Sustanciación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas delegación, Cumana donde se evidencia que el imputado Antonio Rafael Gonzalez Salazar, no registra entradas policiales.-

Al folio 14 del presente asunto cursa examen medico legal, signado con el Nro.- 162-4491, de fecha 17/10/2008, a nombre de la ciudadana Yelitza del Valle Segura, suscrito por la Dra. Francis Mora.-

A los folios 20 al 21 del presente asunto cursa escrito de fecha 18/10/08, suscrita por la Abg. Yamilet Delgado García, en su carácter de Fiscal Séptimo (A) del ministerio público, mediante el cual solicita a este Tribunal la libertad del Imputado Antonio Rafael Gonzalez Salazar, titular de la cedula de identidad Nro.-V-20.571.396.-

A los folios 25 al 29 del presente asunto cursa decisión de fecha 18/10/2008, emanada de este Tribunal mediante al cual se le concedió la libertad al imputado Antonio Rafael Gonzalez Salazar, titular de la cedula de identidad Nro.-V-20.571.396.-

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Ahora bien, este Juzgado ha podido evidenciar del análisis de los elementos de convicción el hecho punible no se cometió, en virtud que la victima manifiesta en su denuncia que el ciudadano Antonio Rafael Gonzalez Salazar, la agredió salvajemente en la cara, lo cual se desvirtúa con el resultado del examen medico legal, debido que se evidencia del mismo que la victima no presenta lesiones externas, motivo por el cual la representación fiscal considera ajustado a derecho solicitar el Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo establecido en el articulo 318 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal.

DISPOSITIVA
En virtud de todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal de Estado Sucre, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acoge el pedimento fiscal y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al imputado Antonio Rafael Gonzalez Salazar, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, sin oficio definido, titular de la cedula de identidad Nro.-V-20.571.396, residenciado en el barrio el Realengo, casa S/N, de esta ciudad, quien esta incurso en la presunta comisión de uno de los delitos previstos en Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana Yelitza del Valle Segura. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, que dice lo siguiente: Art. 318.- El Sobreseimiento procede cuando numeral 1°.-El hecho objeto del proceso no se realizo o no puede atribuírsele al imputado -

Igualmente considera este Tribunal que es innecesario la realización de una audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición fiscal, a tenor de lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase copia certificada de la presente decisión al comisario Jefe del CICPC- Sub- delegación Cumana, para que desincorpore del sistema SIPOL, el Exp.- I-018.603, seguido al imputado Antonio Rafael Gonzalez Salazar, titular de la cedula de identidad Nro.-V-20.571.396.- Así se decide. Notifíquese a las partes y al Comisario Jefe del CICPC, Sub- delegación Cumana, de la presente decisión conforme a lo establecido en el artículo 175 eiusdem., Remítanse las presentes actuaciones al Archivo Central en espera de las resultas de las Notificaciones realizadas a las partes y posteriormente a la Unidad de Ejecución en el lapso legal correspondiente
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. OSCAR E. HENRIQUEZ F








LA SECRETARIA

ABG. ANA LUCÍA MARVAL,