REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Estado Sucre extensión Cumaná
Cumana, veinte (20) de Mayo de dos mil ocho
198º y 149º

N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2008-000095
PARTE ACTORA: LUIS JOSE CORDOVA
PARTE DEMANDADA: GRUPO TECNOLOGICO TECNO C.A
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales


ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En el día de hoy Veinte (20) de Mayo del 2008, siendo las 09:00 A. M, fecha y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en el presente juicio se anunció dicho acto en este Tribunal por el ciudadano Alguacil, haciéndose presente por la parte demandada GRUPO TECNOLOGICO TECNO C.A,, la ciudadana NUBIA CARMENZA ZAMBRANO MUÑOZ, abogado en ejercicio de este domicilio inscrito en el inpreabogado bajo el No. 25.280, representación que consta en poder que riela al folio 27 del presente expediente , así mismo se se hizo presente la ciudadana PAOLA POGGIO, abogado de este domicilio inscrito en el i.p.s.a. bajo el Nro. 119.076, en su carácter de Procurador de Trabajadores, así mismo se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora, en consecuencia este Juzgado declara la incomparecencia de las partes a la celebración de esta audiencia preliminar, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 131 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
La Juez


Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL la secretaria