LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 20 de Mayo del 2008
198° Y 149°
Exp. N° 16.108
DEMANDANTE: JOAQUIN ANTONIO MATA, Titular de la
cédula de Identidad N° 5.860.917.
APODERADO: No Otorgo.
DOMICILIO: En el sector Antonio José de Sucre,
Urbanización Canchunchú Florido, Tercera
Vereda, casa N° 340, Parroquia Santa
Catalina, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre
DEMANDADA: NANCY DEL PILAR SUNIAGA BRITO,
titular de la Cedula de Identidad N°
5.878.771.
APODERADO: No Otorgo.
DOMICILIO: Urbanización Charallave, Calle Paez, detrás
del Bar El Platanal de Bartola, vereda s/n,
Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez
del Estado Sucre
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
Siendo la oportunidad legal fijada para que tenga lugar Acto de Comparecencia en el presente juicio, se abrió el acto y por cuanto la parte demandada no se hizo presente al mismo, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Extinguido el proceso dándose por terminado el presente juicio. En consecuencia se ordena el archivo del expediente. Así se decide.-
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de M.
Abg. Francis Vargas Campos
SGDM/rbg.
Exp. Nº 16.108.
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