REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 15 de Mayo del 2.008.
198° Y 149°

Exp. N° 16.061.


DEMANDANTE: MIGUELANGEL JESÚS RIVAS DÍAZ, Titular de
La Cedula de Identidad Nro: 11.444.072.

APODERADO: No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Miranda N° 53 de Carúpano, Municipio
Bermúdez del Estado Sucre.

DEMANDADO: ARMANDO JOSÉ CEDEÑO ALCALÁ, Titular de
La Cédula de Identidad N° 5.878.340.

APODERADO (S): No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

MOTIVO: REIVINDICACIÓN.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la diligencia suscrita por el ciudadano: MIGUELANGEL JESÚS RIVAS DÍAZ, titular de la Cedula de Identidad N° 11.444.072, asistido por el abogado en ejercicio: JOSÉ MIGUEL AGUILERA RIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.935, en la cual desiste del presente juicio, este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide.


La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.

La Secretaria,


Abg. Francis Vargas Campos.


Exp. Nro. 16.061.
SGDM/Fvc/dr.