LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 12 de Mayo de 2.008.-
198º y 149º.-
Exp. N° 16.013.-
DEMANDANTE: JHONNY MILLAN, titular de la
Cédula de Identidad N° 11.443496.
APODERADO: No Constituyo.
DEMANDADA: ORLIVIS DEL VALLE PÉREZ, titular de
la Cedula de Identidad N° 6.554.404.
MOTIVO: DIVORCIO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
Siendo las 10:00 de la mañana, oportunidad legal fijada para que tenga lugar el Primer Acto Reconciliatorio en el presente juicio, se abrió el acto y por cuanto el demandante no se hizo presente al mismo, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Extinguido el proceso dándose por terminado el presente juicio. En consecuencia se ordena el archivo del expediente. Así se decide.-
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de M.
Abg. Francis Vargas C.
SGDM/Fvc/ecm.
Exp. Nº 16.013
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