REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR Y MEJIA
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE – MARIGÜITAR.



Mariguitar, 14 de mayo de 2008.-
198° y 149°


Vista la conciliación celebrada ante este Tribunal por los ciudadanos: LEIDIS GONZALEZ MARQUEZ y CARLOS LUIS BOADA MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 15.317.347 y 13.598.356 respectivamente, durante la celebración del acto conciliatorio de la presente causa de FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, conforme el cual convino el padre en aportar lo siguiente: --------------------------------------------------------------------------

El ciudadano CARLOS LUIS BOADA MEDINA, ofrece a favor de su menor hija: (SE OMITE EL NOMBRE DE LA MENOR DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 49 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y EL ARTICULO 65 DE LA LEY PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), como obligación de manutención la cantidad de Ochenta Bolívares mensuales, los cuales depositará en la cuenta corriente de este Tribunal, diez (10) Cesta Ticket, el 20% de lo que le corresponda por vacaciones y el 20% de lo que le corresponda por Bonificación de Fin de Año, los cuales autorizó para que le sean descontados, directamente de la Institución donde labora.

Tales supuestos de hecho y derecho, observándose que las partes reconociendo sus realidades familiares, establecieron tal forma de dar cumplimiento a la Obligación de Manutención, no siendo ello contrario al interés superior de la niña: (SE OMITE EL NOMBRE DE LA MENOR DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 49 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y EL ARTICULO 65 DE LA LEY PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), considerando que la referida conciliación cubre la exigencia del artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, es por lo que este Juzgado de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo HOMOLOGA. Se ordena enviar oficio al Jefe de Personal de Sahuapa, ordenando el descuento del 20% del Bono Vacacional, Bonificación de Fin de año y de las Prestaciones Sociales en caso de retiro o despido del ciudadano Carlos Luis Boada Medina, igualmente se ordena el cierre de la causa y el archivo del presente expediente. Así se decide.---------------------------------------------------------------------------

Publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión.---------------------------

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Mariguitar a los catorce (14) días del mes de mayo del año dos mil ocho (2008).-----------
El Juez Temporal,

Abg. Alberto II Morales Esparragoza.-


El Secretario,


Abg. Francisco José Tovar.-




Exp. Nº 005-2008.-
AME/fjt/Lucía.-