REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION.
Carúpano, 28 de Mayo de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2003-000045
ASUNTO: RP11-P-2003-000045

AUTO SOLICITANDO CONSTANCIA DE BUENA CONDUCTA.


Visto el escrito interpuesto por la Abg. SANDRA KASSIS HADID, en su carácter de Defensora Pública Penal del penado: JOSE GREGORIO GONZALEZ MATA, mediante el cual Solicita a este tribunal, el acuerde todas las diligencias necesarias a fin de recabar los requisitos para que su defendido pueda optar por la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. Fundamenta la solicitud de conformidad con lo establecido en el Artículo 272 constitucional y los Artículos 479 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia, este tribunal a los fines de decidir observa:

Revisada detenidamente el presente asunto observa esta Juzgadora
Que no consta en la presente causa Penal, Constancia de Buena Conducta del Penado José Gregorio González Mata. Ahora bien, vista la solicitud hecha por la defensa Publica, es por lo que este Tribunal. Acuerda librar oficio al Comandante de Policía de esta Ciudad, a objeto de que remita a este Tribunal con carácter de urgencia La Constancia de Conducta correspondiente al Penado; José Gregorio González Mata, en virtud de que la misma opta por la formula alternativa de Cumplimiento de pena. Líbrese oficio. Notifíquese a las Partes. Cúmplase.
La Juez Primero de Ejecución
Abg. Ysmenia S Fernández H

La Secretaria Judicial.
ABG. Carmen Milano.