REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO PRIMER CIRCUITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

CUMANA, 12 DE MAYO DE 2008
198º Y 149º

Vista la diligencia suscrita en fecha 07-05-2008 por la ciudadana FATEN MARMOUD EL KATIB, en su carácter de representante legal del ciudadano NAJEM MARMOUD KHURI parte demandante, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSÈ IGNACIO GARCIA VALDERRAMA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.605, mediante la cual desiste de la apelación ejercida por ella en fecha 17-03-2008 en contra del auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 14-03-2008; y por cuanto este desistimiento no resulta violatorio del orden publicó ni de las buenas costumbres y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte HOMOLOGACION al desistimiento de la apelación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como si se tratara de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Asimismo ordena se remita el presente expediente al Tribunal de la causa en su oportunidad legal. Así se decide.
EL JUEZ SUPERIOR

ABOG. MAURO LUIS MARTINEZ VICENTH
LA SECRETARIA TEMPORAL

GLADYS MONTES MEDINA

NOTA: En esta misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades de ley, se dictó y publicó la presente decisión, siendo las 11:00 a.m. Conste.-
LA SECRETARIA TEMPORAL

GLADYS MONTES MEDINA


EXPEDIENTE Nº 08-4572
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACION
(DESISTIMIENTO – SE IMPARTIO HOMOLOGACIÒN