REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumana, Doce (12) de Marzo del dos mil Ocho
197º y 149º


N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2008-000019
PARTE ACTORA: MARGY MARGARITA URBANEJA, titular de la cédula de identidad Nro. 12.920.159
PARTE DEMANDADA: PANADERIA EL CASTILLO
MOTIVO: Cobro de Prestaciones sociales

En el día hábil de hoy doce de marzo de dos mil ocho, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se hizo presente el Procurador de Trabajadores JAVIER MENDOZA, profesional inscrito en el i.p.s.a bajo el Nro. 107.231, asi mismo se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 197 °.

El Juez

Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL


El Secretario