REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumana, Doce (12) de Marzo del dos mil Ocho
197º y 149º
N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2007-000026
PARTE ACTORA: JEAN CARLOS MAESTRE CORDOVA
PARTE DEMANDADA: PANADERIA EL PALACIO DEL PAN C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARMEN MUJICA, abogado en ejercicio inscrito en el impreabogado bajo el Nro. 53.066
MOTIVO: Cobro de Salarios Caídos
En el día hábil de hoy doce de marzo de dos mil ocho, siendo las 10:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandad a través de su apoderada judicial CARMEN MUJICA, abogado en ejercicio inscrito en el impreabogado bajo el Nro. 53.066, así mismo se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 197 °.
El Juez
Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL
El Secretario
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