LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
CARÚPANO, 27 de Marzo del 2.008
197° y 149°

Sol. N° 5230.

SOLICITANTE: YORVIS JOSE RUIZ MENDOZA, Titular de la
Cédula de Identidad N° 15.089.495

MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: YORVIS JOSE RUIZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 15.089.494, y con domicilio en la de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: CARLOS ALBERTO MARCANO, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 35.904, y estudiadas como han sido las declaraciones de las testigos, ciudadanas: CARMEN AUDORINA VELASQUEZ DE MARCANO y ISIDRA DIONICIA ORFILA, Venezolanas, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 4.042.634 y 9.054.247, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante el Juzgado del Municipio Mariño del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Extinto: JOSE NICOLÁS RUIZ BASTARDO, a los ciudadanos: JOSE DAVID, ANABELL MARIA, JOSE NICOLAS RUIZ MENDOZA y el ciudadano: YORVIS JOSE RUIZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 15.089.495, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se Decide.
La Juez Temp.,
La Secretaria Accd.,
Abg. Nereida Estaba García.-
Lic. Aracelis T. Martínez.

Constante de Veinticuatro (24) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-

La Secretaria Accd.,









NEG/Atm/ajno.
Sol 5230.-