REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, MARITIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANA, 18 DE MARZO DE 2008
197º y 148º


Vista la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS por mutuo consentimiento, presentada por los ciudadanos JOSE RAFAEL SALAZAR PEREZ y HILDENITH DEL VALLE CABRERA ALFONZO , ambos Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números: V-12.675.068 y V-16.944.764, respectivamente, asistidos por la Abogado en ejercicio YINESKA MARIN LARA, de este domicilio e inscrito en I.P.S.A. bajo el Nº 120.990. Y como quiera que la solicitud cumple con los extremos requeridos en el Articulo 762 del Código de Procedimiento Civil y conforme a los hechos explanados en la misma, este Juzgado Procediendo en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decreta la SEPARACION DE CUERPOS de los antes identificados cónyuges en la forma señalada en la solicitud, conforme al articulo 189 del Código Civil. Asimismo, se ordena expedir las Copias Certificadas solicitadas en el libelo
LA JUEZ PROVISORIO.,

Abog. YLIMAR OLIVEIRA DE CARABALLO


LA SECRETARIA.,

BOMNY MARIA MUÑOZ DE ACUÑA





Exp.N° 6783-08
YODC/jrgr.-