REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 18 de Marzo de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-003530
ASUNTO: RJ11-X-2007-000006

AUTO ACORDANDO LIBRAR OFICIO AL DIRECTOR DEL INTERNADO

Visto el escrito interpuesto por la Abg. Sandra Kassis, en su carácter de Defensora Pública Penal del ciudadano QUELVIS DANIEL GONZÁLEZ, recibido por esta juzgadora en fecha 14/03/2008, mediante el cual solicita a este tribunal, que se libre EXHORTO a los Tribunales de Ejecución del Estado Anzoátegui, aduciendo que su defendido fue trasladado desde el Internado Judicial de Carúpano, hasta el Internado Judicial de Puente Ayala en el Estado Anzoátegui. En consecuencia, este tribunal a los fines de decidir observa:
Del análisis y revisión de los folios que conforman el presente asunto se observa, que éste tribunal en fecha 18 de Mayo de 2007, emitió auto mediante el cual AUTORIZÓ al Director del Internado Judicial de esta ciudad, a fin de que sirva realizar todos los trámites pertinentes, a objeto de trasladar al penado QUELVIS DANIEL GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V-10.837.264 hasta en Internado Judicial de la Pica, ubicado en la ciudad de Maturín, Estado Monagas; a los fines de garantizar el derecho de los reclusos de relacionarse periódicamente con sus familiares y allegados, recibiendo visitas y manteniendo correspondencia conforme lo autoricen los reglamentos y de acuerdo a su más favorable evolución, en atención a lo establecido en el artículo 58 de la Ley de Régimen Penitenciario y considerando que resulta beneficioso para el penado el contacto con sus familiares. No obstante, en el presente asunto no consta oficio librado por el Director del mencionado establecimiento penitenciario, en el cual informe que se haya efectuado el mencionado traslado, razón por la cual este Tribunal no libró el exhorto correspondiente.
Ahora bien, como quiera que este Tribunal acordó el traslado para el Internado Judicial de la Pica ubicado en Maturín, Estado Monagas y la defensa, en su escrito de solicitud de traslado, manifestó que el penado QUELVIS DANIEL GONZÁLEZ, se encuentra recluido en el Internado Judicial de Puente Ayala, en consecuencia, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Acuerda librar oficio al Director del Internado Judicial de esta ciudad, a fin de que informe a este Tribunal con carácter de urgencia, donde se encuentra recluido el penado QUELVIS DANIEL GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° V-10.837.264, a los fines de proveer sobre la solicitud de la defensa. Líbrese oficio. Notifíquese. Cúmplase.-
La Juez Primero de Ejecución
Abg NOHELIA CARVAJAL
La Secretaria
Abg. CARMEN MARISANDRA MILANO