REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
Carúpano, 3 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-001123
ASUNTO: RP11-P-2008-001123

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD


Esta Juzgadora pasa a decidir después de haber oído las solicitudes realizadas por las partes, asi mismo vista la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad solicitada por la Fiscal Primero del Ministerio Público, Abg. Lovelia Marcano, oído lo manifestado por el imputado y lo solicitado por la defensa, esta juzgadora pasa a decidir, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: al imputado Miguel Jose Franco, venezolano, Mayor de edad, de estado civil soltero, de 38 años de edad, nacido en fecha 27-09-69, titular de Cédula de Identidad N° 11.436.375, hijo de Carmen Franco y Ramón Rondon, domiciliado en la Urbanización Charallave, vereda 9, casa S/N, cerca del Saibe, Estado Sucre, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, por encontrarse incurso en los 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Ligia del carmen Franco, imponiéndole las siguientes condiciones: Primero: Prohibición o restricción al presunto agresor de no lesionar a la victima. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 87 ordinales cinco y artículo 92 ordinal octavo de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, Segundo: presentaciones cada siete (07) días por el lapso de Cuatro (04) meses y Quince (15) Días por ante la Unidad de Alguacilazgo en concordancia con el artículo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal.. Se decreta la detención como flagrancia y que la causa continué por el procedimiento ordinario de conformidad al articulo 93 de la Ley especial. Líbrese Boleta de Libertad y junto con oficio remítase a la Comandancia de Policía de esta ciudad, Librese Oficio a la Unidad de Alguacilazgo informándole sobre las presentaciones del imputado Quedan las partes debidamente notificadas en este acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Quinta de Control

Abg. Ysmenia Fernández H

La Secretaria Judicial

Abg. Francys Hurtado