REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
Carúpano, 26 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-001379
ASUNTO: RP11-P-2008-001379
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD
Esta Juzgadora pasa a decidir vista la audiencia de presentación de imputado, oída la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva del Libertad planteada por la Fiscal Segunda del Ministerio Público, en contra del Imputado Carlos Andrès Rivera Ramos, igualmente lo manifestado por la defensa, en donde la misma se adhiere a la solicitud fiscal, es por lo que esta juzgadora Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a favor del ciudadano: Carlos Andrès Rivera Ramos, venezolano, 34 años de edad, nacido el: 02-01-1974, titular de la Cédula de Identidad N° 12.885.976, soltero, de oficio: comerciante, hijo de: Luis Rivera y Ledis Ramos, domiciliado en: el valle vereda 4, hacia el Cerro, casa S/N°, Carúpano, Estado Sucre, todo ello en virtud de encontrarlo incurso en la comisión del delito de Hurto Simple, previsto y sancionado el artículo 451 del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio de la Renielis Rodríguez, consistente en presentaciones cada treinta (30) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal, por el lapso de seis (06) meses, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 Ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la detención como flagrante y que la presente causa continué por el Procedimiento Ordinario, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boleta de Libertad y junto con oficio remítase al Comandante de Policía de esta Ciudad. Librese oficio a la Unidad de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal, informándole sobre las presentaciones impuesta al imputado. Se acuerda instar al Ministerio Publico a los fines se le practique Examen Medico Forense del Ministerio Publico. Es todo. Termino. Se leyó y conforme firman.
La Juez Quinto de Control
Abg. Ysmenia Fernández H
La Secretaria Judicial
Abg. Maria Vàsquez
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