REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL

Carúpano, 26 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-001380
ASUNTO: RP11-P-2008-001380

SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD
Esta Juzgadora pasa a decidir vista la audiencia de presentación de imputado, oída la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva del Libertad planteada por la Fiscal Segunda del Ministerio Público, en contra del Imputado Jinny Antonio Rivera, igualmente lo manifestado por la defensa, en donde la misma se adhiere a la solicitud fiscal, es por lo que esta juzgadora Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a favor del ciudadano: Jinny Antonio Rivera, venezolano, 37 años de edad, nacido el: 15-04-1970, titular de la Cédula de Identidad N° 12.288.289, soltero, sin oficio, domiciliado en: Barrio Brisas del, casa S/N°, Carúpano, Estado Sucre, todo ello en virtud de encontrarlo incurso en la comisión del delito de Violencia Fìsica, previsto y sancionado el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la mujer a una vida libre de violencia, en perjuicio de Yudersi Malavè Rivera, consistente en presentaciones cada quince (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal, por el lapso de cuatro meses y medio, y prohibición de volver agredir la victima, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 Ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la detención como flagrante y que la presente causa continué por el Procedimiento Ordinario, todo de conformidad con lo establecido en 93 de la Ley Orgánica de los derechos de la mujer a una vida libre y sin violencia. Líbrese Boleta de Libertad y junto con oficio remítase al Comandante de Policía de esta Ciudad. Librese oficio a la Unidad de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal, informándole sobre las presentaciones impuesta al imputado. Es todo. Termino. Se leyó y conforme firman.
La Juez Quinto de Control

Abg. Ysmenia Fernández H.


La Secretaria Judicial

Maria Vàsquez