REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
Carúpano, 17 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-001296
ASUNTO: RP11-P-2008-001296
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
LIBERTAD PLENA.
Esta Juzgadora pasa a decidir vista la audiencia de presentación de imputado, oída la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva del Libertad planteada por la Fiscal en Materia de Drogas del Ministerio Público, en contra del Imputado Juan Gabriel Salcedo, igualmente lo manifestado por la defensa, en donde solicita la Libertad Plena de su defendido, es por lo que esta juzgadora Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Libertad Plena del ciudadano: Juan Gabriel Salcedo, venezolano, 30 años de edad, nacido el: 30-04-1977, titular de la Cédula de Identidad N° 14.717.898, de oficio: buhonero, hijo de: Ángela Salcedo, domiciliado en: Calle principal, Casa N° 148, Barrio Puchuruco, Carúpano, Estado Sucre, todo ello en virtud que a las actas procesales no existen testigos presénciales que den fe del procedimiento de incautación de la presunta droga y no existen suficientes elementos de convicción para estimar que efectivamente el imputado de autos es autor o participe del hecho punible que se investiga, aunado a la condición especial que presenta el imputado, constatándose en audiencia que carece del sentido auditivo, es por lo que este tribunal la Libertad Sin restricciones. Se acuerda la detención como flagrante y que la presente causa continué por el Procedimiento Ordinario, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boleta de Libertad y junto con oficio remítase al Comandante de Policía de esta Ciudad. Así mismo se acuerda ordenarle la practica de un Examen medico Forense al imputado de autos. Es todo. Termino. Se leyó y conforme firman.
La Juez Quinto de Control
Abg. Ysmenia Fernández H
La Secretaria Judicial
Abg. Migdalia Salazar
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