PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL


Carúpano, 10 de Marzo de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-003072
ASUNTO: RP11-P-2007-003072

SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA


Visto el escrito presentado por la ABG. ELVISMARY HERNÁNDEZ, en su carácter de Fiscal Séptimo Comisionado del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita a éste Tribunal Segundo de Control, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada con el N° RP11-P-2007-003072, seguida en contra de WILMER JOSÉ MARTÍNEZ CASTILLO, por la comisión del delito de HURTO CAIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 4º y 6º del Código Penal, en perjuicio de EDNA RUTH MENDOZA RODRÍGUEZ, hecho ocurrido en fecha 25-01-2007, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 1° y 320 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que la acción penal se ha extinguido.

Por todo lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, seguida en contra de WILMER JOSÉ MARTÍNEZ CASTILLO, por la comisión del delito de HURTO CAIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 4º y 6º del Código Penal, en perjuicio de EDNA RUTH MENDOZA RODRÍGUEZ, en virtud de que la acción penal se ha extinguido, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 1° y 320 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión y remítase al Tribunal de Ejecución en su debida oportunidad. Así se decide; Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL


ABG. ABELARDO ROYO HENRÌQUEZ




LA SECRETARIA


ABG. MIGDALIA SALAZAR