Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 24 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-C-2006-000012
ASUNTO : RP01-C-2006-000012
Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa, seguida al penado: BRITO CABRERA RAFAEL JOSE, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No-16.798.810, condenado a cumplir la pena de: DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de ley previstas en el artículo 13 del Código Penal; por la comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, este Tribunal observa a los folios 61 de la presente causa, comunicado N° 473 suscrito por el ciudadano Juan Carlos Piamo, Director Encargado del internado judicial de Cumaná, mediante el cual solicita evaluación psicosocial del penado de autos ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario: Ahora bien, se evidencia de las actas procesales que el penado opta a la Formula Alternativa de Cumplimiento de pena, de Destacamento de Trabajo a partir del 22-03-2008 Hasta las Doce (12) Horas; y por cuanto este requisito es indispensable para el otorgamiento de cualesquiera de las Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Pena; es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA la practica de dicho Reconocimiento Psicológico y Social al penado BRITO CABRERA RAFAEL JOSE, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No-16.798.810, comisionando al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, a los fines que practique los exámenes de rigor y al Director del Internado Judicial de Cumaná, informándole que este tribunal acordó la practica de la evaluación Psico-social al penado de autos. Líbrese los oficios respectivos. Notifíquese a las partes participándole que este tribunal acordó la práctica de la Evaluación Psico-Social al penado de autos. Cúmplase.-
El Juez Segundo de Ejecución.
Abg. Samer Romhain Marín.
La Secretaria.
Abg. Francis Rivero.
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