Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 18 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-1999-000011
ASUNTO : RL01-P-1999-000011
Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al penado ELI DEL CARMEN ORTIZ, titular de la cédula de identidad N° E-81.977.192; condenado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para la fecha del hecho, este Tribunal observa: Cursa a los folios 14 de la pieza IV de la causa, comunicado N° 465, suscrito por el director del Internado judicial de Cumaná, mediante el cual silicita computo de pena actualizado referente al penado de marras.
En tal sentido, se evidencia a los folios 259 al 260, de la pieza III de la causa, decisión de fecha 06 de Marzo de 2008, mediante la cual, este Tribunal procedió a actualizar cómputo de pena cumplida por el penado de autos, evidenciándose que no constaba en actas copias del acta policial en la que se determinara la fecha y hora de la última detención del penado para establecer el tiempo de pena cumplida por el penado. En virtud de ello este tribunal libro oficio N° 2E-0728-08 en fecha 07-03-2008, al Tribunal itinerante N° 26, de Juicio del Estado Anzoátegui, Barcelona, con el objeto de que remitiera copias certificadas de la causa, N° BP01-P-2002-000365, donde consta la detención del penado. Ahora bien se evidencia a la presente fecha que no se ha recibido resultas de dicho oficio, por lo que se ordena ratificar el oficio N° 2E-0728-08 al Tribunal itinerante N° 26, de Juicio del Estado Anzoátegui, Barcelona, y librar oficio a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná, informando del contenido del presente fallo.
Por las consideraciones antes expuestas es por lo que Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda: Ratificar oficio N° 2E-0728-08 de fecha 07-03-2008, al Tribunal itinerante N° 26, de Juicio del Estado Anzoátegui, Barcelona, con el objeto de que remita con carácter de Urgencias, copias certificadas de la causa, N° BP01-P-2002-000365, referente al penado ELI DEL CARMEN ORTIZ, titular de la cédula de identidad N° E-81.977.192; causa ésta en la que consta la última detención del penado. Se acuerda libar oficio a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná, informando del contenido del presente fallo. Notifíquese a las partes y líbrense los oficios ordenados. Se acuerda corregir por secretaria la foliatura que va a partir del folio 264 de la pieza III de la causa.
El Juez Segundo de Ejecución.
Abg. Samer Romhain Marín.
La Secretaria.
Abg. Francis Rivero.
|