REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 28 de Marzo de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-002229
ASUNTO : RP01-P-2007-002229


Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de fecha 04 de marzo del 2008; mediante la cual se condenó al acusado RONALD RAFAEL GONZALEZ, venezolano, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 20.065.766, domiciliado en Guaracayal, casa s/n Municipio Bolívar del Estado Sucre, profesión u oficio estudiante, nacido en fecha 28-09-1988, hijo de José Conrado y Ayarit González, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad. Es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución, procede a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 en concordancia con los artículos 493 y 494, todos del Código Orgánico Procesal Penal y de acuerdo a los siguientes términos:

PRIMERO: Por cuanto el penado RONALD RAFAEL GONZALEZ, ya identificado, se encuentra en libertad y estuvo detenido dos (02) días, es por lo que hasta la presente fecha tienen una pena efectiva cumplida de DOS (02) DÍAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS, ONCE (11) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS.

SEGUNDO: Por cuanto el penado RONALD RAFAEL GONZALEZ, puede optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de oficio se acuerda aperturar dicho procedimiento y en consecuencia se acuerda oficiar a la División de Antecedentes penales para que remitan la certificación de los antecedes que pudiera tener el penado; del mismo modo se acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario para la práctica de la evaluación psico-social, a ambas instituciones también se les remitirá copia certificada de la sentencia y del presente auto. Se fija audiencia para imponer de la presente decisión para el día lunes 14 de abril del 2008 a las 10:30 AM.

Remítase Copias Certificadas de la Sentencia y del presente Auto de Ejecución de la Sentencia, adjunto a oficios a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Cumaná. Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público y a la Defensa. Remítase la presente causa al Archivo. Cúmplase.

El Juez

Douglas José Rumbos Ruiz


La Secretaria
Jessybel Bello Boada