REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-002489
ASUNTO : RP01-P-2007-002489



Vista la solicitud efectuada en fecha 14-03-2008, por el ciudadano abogado HERNAN ORTÍZ, en su condición de defensor de confianza de los acusados ENGLIS DEL VALLE RAMOS RODRÍGUEZ y PEDRO LUÍS HURTADO HERNANDEZ, en el sentido de que se traslade con el carácter de urgente a sus defendidos, al Internado Judicial de esta Ciudad, este Tribunal Cuarto de Juicio, una vez analizada la presente solicitud, considera que aunque los referidos acusados se encuentran actualmente recluidos en la Comandancia General de Policía del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, resultando el sitio de reclusión idóneo y hasta natural el Internado Judicial de la Ciudad de Cumaná, pues ello facilitaría los traslados a sede jurisdiccional, siendo igualmente conveniente porque estarían bajo la custodia y vigilancia de la misma autoridad, por lo que el Director de ese centro de reclusión respondería ante lo que eventualmente ordene este Tribunal, aunado al elevado numero de reclusos que permanecen en el área de calabozos de la Comandancia General de la Policía del estado, es por lo que este Juzgado Cuarto de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA el Traslado de los acusados al Internado Judicial de esta ciudad, Cumaná, donde permanecerán recluidos a la orden de este Tribunal. Ofíciese al Comandante General de Policía del Estado Sucre, a fin de que ejecute –con las seguridades del caso- el traslado de los acusados al Internado Judicial de esta ciudad, adjuntándole Boletas de Traslado. Librese Oficio al Director del al Internado Judicial de Cumaná, adjuntando boletas de encarcelación. Notifíquese las partes. Cúmplase.-
EL JUEZ CUARTO DE JUICIO

Abg. PEDRO MATA RINCONES

LA SECRETARIA

ABG. ELIZABETH SUAREZ