REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero Superior del Trabajo del Estado Sucre
Cumaná, diecisiete (17) de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : RP31-R-2008-000043

Visto el escrito de fecha 12 de junio de 2008, presentado por el abogado CARLOS RIVERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 86.818, actuando en su condición de representante judicial de la parte presuntamente agraviada, mediante la cual expone que Desiste del Recurso de Apelación interpuesto en la causa que por ACCIÒN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto JUAN AMAYA, JAVIER BLONDELL Y OTROS en contra de FRANCISCO BARCENAS, CARLOS CARVAJAL Y OTROS, ya que intentó una nueva Acción de Amparo Constitucional. Seguidamente este Tribunal vista la manifestación de voluntad de la parte recurrente, y estando facultado el referido abogado para desistir del Recurso de Apelación intentado, y por cuanto se constata que no hay violación de normas de orden público, resulta forzoso para esta Superioridad, declarar Desistido el Recurso de Apelación interpuesto, contra el auto de fecha 30 de abril de 2008, dictado por el Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo del Estado Sucre.
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte presuntamente agraviada, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre en fecha 30 de abril de 2008. SEGUNDO: NO HAY ESPECIAL CONDENATORIA EN COSTAS. TERCERO: REMÍTASE la presente causa en su oportunidad legal al Juzgado de origen. Es todo terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ

ANA DUBRASKA GARCIA

EL SECRETARIO

SERGIO SÀNCHEZ DUQUE