JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 03 de Junio del 2.008
198º y 149º
Sol. N° 5.277


SOLICITANTE: YOLIBER MARÍA VILLARROEL TOVAR, Titular de
la Cedula de Identidad N° 10.219.372.

DOMICILIO: No constituyó.
APODERADO: No Otorgó Poder

MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud presentada por la ciudadana YOLIBER MARÍA VILLARROEL TOVAR, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.219.372, y de este domicilio, y estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanos: ALFREDO ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ y JOSÉ YNÉS ASTUDILLO TOVAR, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.151.581 y 5.859.153, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ella demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA EXTINTA CATALINA RAMONA TOVAR a los ciudadanos YOLIBER MARÍA, MARÍA EUGENIA, RAQUEL MARÍA, LUÍS JOSÉ y PEDRO LUÍS VILLARROEL TOVAR, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código, de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de los terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se decide. Así mismo, se ordena expedir las copias certificadas solicitas.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria.

Abg. Francis Vargas Campos.
Constante de Dieciocho (18) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.


SGDM-mmg.
Sol. Nº 5.277