JUZGADO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CARÚPANO


Carúpano, 02 de Junio del 2008
195° y 146°


EXP. Nº 5.816.-
DEMANDANTE: RAMON ANTONIO MORENO MORALES
DEMANDADA: MARYURIS DEL VALLE GONZALEZ GUTIERREZ
MOTIVO: DIVORCIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (EXTINGUIDO)

Por cuanto se observa que la parte demandante Ciudadano RAMON ANTONIO MORENO MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº. 17.021.397, domiciliado en la Sexta Calle, el Lirio al final s/n de la Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, NO compareció al SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO en el presente Juicio de DIVORCIO que tenía intentado contra su legítima esposa, ciudadana MARYURIS DEL VALLE SÁNCHEZ GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.955.439, domiciliada en la Sexta Calle El Lirio s/n cerca de Comercial KARIZ, Parroquia Santa Catalina Municipio Bermúdez del estado Sucre. Estando presente en este acto el Fiscal Cuarto del Ministerio Público, siendo ésta la oportunidad legal para realizarse el SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO. Por lo ante expuesto éste Tribunal de Protección de Niños Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDO el presente juicio. Todo de Conformidad con el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el Cierre y archivo del expediente. ASÍ SE DECIDE.

JUEZ PROVISORIO DE PROTECCION-SALA DE JUICIO
ABG. JAVIER MUÑOZ GARCIA








LA SECRETARIA,
ABG.PETRA DEYANIRA MARQUEZ









EXP. Nº 5.816-07.-
JMG/pdm/vc.-