REPUBLICA BOLIVRIANA DE VENEUELA
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
198° y 149°
Cumaná, 09 de Julio de 2008.
Visto lo expuesto lo expuesto por las ciudadanas NORELKIS SALAZAR e ISAIAS DEL VALLE RONDON YENDI, así como el niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, en sus comparecencia de fecha 19-10-2005, que riela al folio 84 del presente expediente, donde el niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, manifiesta su deseo de querer quedarse a vivir con su progenitora ciudadana NORELKIS SALAZAR, por cuanto quiere criarse y compartir con ella y sus hermanitos; y dada cuenta a la Jueza de la misma, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente acuerdo, en consecuencia se ordena el cierre de la causa y el archivo del expediente.- Cúmplase.
La Jueza Nro. 2
Abg. Marìa Eugenia Graziani
La Secretaria
La presente decisión fue publicada en su fecha siendo las 10:00 a.m.
La Secretaria
Causa: Medida de Protección (Abrigo)
Solicitante: Isaias Rondòn
Exp. TP2-982-03
MEG/mariela
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