REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALDEZ, CAJIGAL Y MARIÑO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALDEZ, MARIÑO Y CAJIGAL, SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Güiria, 16 de Junio de 2008.

198º y 149º

Vista la manifestación hecha por el ciudadano Pedro Sandoval, mediante oficio S/Nº 2008 de esta misma fecha, actuando como Correo especial nombrado a su solicitud a fin de devolver la comisión cumplida y siendo que efectivamente según el contenido del acta levantada se emitió cheque de gerencia a nombre del Juzgado Comitente por la cantidad líquida a ejecutarse, todo ello en resguardo del interés de los actores, siendo que este Despacho ignoraba que el tribunal de la causa no tuviera cuentas a favor de terceros y en aras a garantizar una justicia en atención al contenido del artículo 26 Constitucional, se acuerda corregir el mismo y oficiar lo conducente a la entidad bancaria donde se constituyó el Tribunal, a fin de participarle que por la razón ya señalada, se sirva emitir un nuevo cheque de gerencia a nombre del abogado Pedro Sandoval Figueroa, por el mismo monto y que el Tribunal de la causa realice la entrega del mismo.
Déjese al folio veinticinco (25) copia fotostática certificada del cheque anterior, para no alterar la foliatura correspondiente. Por cuanto el presente auto repercute en el contenido del acta de embargo, corrigiendo el cheque en referencia, se acuerda publicarlo en la página Web, ya que tiene alcance al acta levantada, a fin de mantener el equilibrio procesal debido. Líbrese oficio.
La Juez



Dra. Dulce María Vásquez Urbaez


La Secretaria


Eugenia Solángel Luna Torres

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.

La Secretaria


Eugenia Solángel Luna Torres






Comisión Nº 253-08.
DMVU/eslt.