REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 16 de Junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-004637
ASUNTO: RP11-P-2005-004637
SOLICITUD DE LA DEFENSA.
Visto el escrito interpuesto por la Abg. SIOLIS CRESPO, en su carácter de Defensora Pública Penal del penado: Pedro Manuel León Rondon, mediante el cual Solicita se acuerde el traslado a la Ciudad de Puerto Ordaz a objeto de que dicho ciudadano sea examinado y pueda cumplir con el tratamiento que le sea suministrado por el Medico Tratante. Solicitud que hace de conformidad con lo establecido en los Artículos 43, 83 y 51 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
En consecuencia, este tribunal a los fines de decidir observa:
Solicita la defensa que su prenombrado defendido sufre de trastornos de salud, es por lo que solicita el traslado a la Ciudad de Puerto Ordaz a objeto de que dicho ciudadano sea examinado y pueda cumplir con el tratamiento que le sea suministrado por el Medico Tratante. Ahora bien, considera esta Juzgadora que debe la defensa consignar infórmenes médicos del Penado: Pedro Manuel León Rondon, a los fines de proveer sobre la solicitud hecha por la misma, Así mismo se observa que en fecha 08-04-2008, se recibió Oficio N° DP41-314-08 suscrito por el Insp/Jefe (IAPES) Lcdo. José Felix Zurita, Comandante del Destacamento Policial N° 41 Guiria, donde informa que el apostamiento policial que se solicito para el Ciudadano: Pedro Manuel León Rondon, no podrá ser designado funcionario adscrito a ese Comando policial, ya que no hay suficiente personal para dicha solicitud, es por lo que esta Juzgadora acordó fijar Audiencia a fin de verificar las condiciones impuestas por este Tribunal en fecha 13-03-2008, para el día 29 de Julio de 2008, a las 2:00 P.M, en la sala 1-B, Líbrese Oficio y Notifíquese a las Partes. Cúmplase.
La Juez Primero de Ejecución
Abg. Ysmenia S Fernández H
La Secretaria Judicial.
Abg. Rosa Yhajaira Moya.