REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 9 de Junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-001974
ASUNTO: RP11-P-2008-001974
Visto el escrito y actuaciones complementarias presentados por el Fiscal Superior del Estado, mediante el cual solicita medida de protección para el ciudadano Luis Asmed Ortega Muñoz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.569.728, Domiciliado en la calle N° 4 de Charallave, Sector “Los Primos”, casa S/N, de color Rosado, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en su condición de Victima Directa en la causa signada con el N° 19F2-2C-0225-08, seguida por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, por uno de los delitos contra las personas, donde aparece como victima directa el referido ciudadano y como presuntos imputados funcionarios policiales adscritos al IAPES. Este tribunal, luego de verificar de las actuaciones acompañadas que el solicitante manifiesta tener temor por haber recibido amenazas contra su persona, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la Ley sobre protección de víctimas, testigos y demás sujetos procesales, decreta medida de protección a favor del referido ciudadanos y su núcleo familiar, consistente en tres rondas policiales diarias y visita domiciliaria con control de asistencia a cumplir por funcionarios adscritos a la Policía Municipal de Bermúdez por el sector de residencia de los mismos en la residencia del referido ciudadano por un lapso de seis meses contados a partir de la presente fecha. Líbrese oficio a la policía Municipal, notifíquese a la fiscalía superior y a la unidad de atención a la victima y devuélvanse de manera inmediata las presentes actuaciones a la unidad de atención a la victima y dese por terminado el presente asunto.
El Juez Primero de Control.
Abg. Luis Mariano Marsella.
El Secretario.
Abg. Rudy Pérez.
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