REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control Secc. Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 19 de Junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2003-000002
ASUNTO : RP01-D-2003-000002

Revisada como ha sido la presente causa, se evidencia que en fecha 22-10-03, se ordenó la captura del adolescente xxxxxxxxxxxxxx, tal como consta a los folios 168 y 198 del expediente, y dado que hasta la fecha no se ha logrado la misma, motivo por el cual no se ha celebrado la Audiencia Preliminar correspondiente; este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda ratificar orden de Captura contra el adolescente xxxxxxxxxxxx Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Cumaná, a los fines que gire las instrucciones pertinentes a funcionarios adscritos a ese órgano de investigación penal, para que una vez capturado el referido ciudadano, con el respeto de sus garantías Constitucionales y legales, sea llevado al Centro de Prisión preventiva Cumaná y sea puesto inmediatamente a la orden de este Tribunal Primero de Control, indicándosele que el N° de expediente de ese órgano policial es el G-433.376. Líbrese orden de Captura. Líbrese oficio. Así se decide. Cúmplase.
La Juez Primero de Control,
Abg. Ayskel Martínez
El Secretario,
Abg. Héctor Lorán