REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE – SEDE CUMANÁ
Cumaná, 30 de Junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP01-S-2004-004963
ASUNTO: RP01-S-2004-004963

ARCHIVO FISCAL

Visto y analizado el oficio N° SUC-F2-1359-08 suscrito por la Dra. GALIA ULANOVA GONZÁLEZ, en su carácter de Fiscal (A) Segunda del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre con sede en Cumaná donde señala que esa Representación Fiscal DECRETO EL ARCHIVO FISCAL DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 315 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL EN LA CAUSA QUE SE LE SIGUE ANTE ESTE TRIBUNAL a los Ciudadanos: LEONARDO ANTONIO MAYZ RONDÓN, venezolano, natural de Cumaná, nacido en fecha 17-08-83 titular de la cédula de identidad Nº 15.740.104, hijo de Rogelio Ramón de Mayz y Antonio Mayz, residenciado en la Llanada sector II, vereda 7, casa N° 10, frente al ambulatorio de esta ciudad y JHOAN MANUEL SALAZAR GARCÍA venezolano, de Cumaná, fecha de nacimiento 24-11-86, comerciante, hijo de Fany García y Pedro Antonio Salazar, titular de la cédula de identidad N° 19.762.664 y reside en la Llanada, sector III, vereda 7 N° 6 de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículo 454, numeral cuarto, del Código Penal venezolano, en perjuicio de la ciudadana MARIA VALENTINA YÁÑEZ FUENTES, sin perjuicio de su reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. Este Tribunal Sexto de Control pasa hacer el siguiente pronunciamiento antes de decidir:
Vistas como han sido las razones y circunstancias que señala la Dra. GALIA ULANOVA GONZÁLEZ, en su carácter de Fiscal (A) Segunda del Ministerio este Tribunal Sexto de Control resuelve se ACUERDA EL DECRETO DEL ARCHIVO FISCAL DE LA PRESENTE CAUSA PLANTEADO POR EL REPRESENTANTE FISCAL DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 315 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL A FAVOR DE LOS CIUDADANOS: LEONARDO ANTONIO MAYZ RONDÓN, venezolano, natural de Cumaná, nacido en fecha 17-08-83 titular de la cédula de identidad Nº 15.740.104, hijo de Rogelio Ramón de Mayz y Antonio Mayz, residenciado en la Llanada sector II, vereda 7, casa N° 10, frente al ambulatorio de esta ciudad y JHOAN MANUEL SALAZAR GARCÍA venezolano, de Cumaná, fecha de nacimiento 24-11-86, comerciante, hijo de Fany García y Pedro Antonio Salazar, titular de la cédula de identidad N° 19.762.664 y reside en la Llanada, sector III, vereda 7 N° 6 de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículo 454, numeral cuarto, del Código Penal venezolano, en perjuicio de la ciudadana MARIA VALENTINA YÁÑEZ FUENTES, y siendo imperativo para este Tribunal el cumplimiento de los requerimientos de las partes en el proceso siempre y cuando los mismos sean ajustados a la ley y respetando el derecho que los asiste es por lo que Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve: SE DECRETA EL INMEDIATO LEVANTAMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACIÓN QUE PESA EN SU CONTRA. Así mismo se le impone del deber constitucional de acudir a los Órganos Jurisdiccionales llámese Fiscalía o Tribunales cuando se le requiera ya que si aparecen nuevos elementos de convicción se reapertura la presente causa. Se acuerda Notificar a las partes, Oficiar a la Oficina de Alguacilazgo informándole sobre el levantamiento de la medida cautelar de presentación, remitir inmediatamente las presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman
LA JUEZA SEXTO DE CONTROL
MARLENY MORA SALAS
LA SECRETARIA
MARIA VICTORIA AGUILAR

Nota.- En esta misma fecha se acordó lo ordenado
LA SECRETARIA
MARIA VICTORIA AGUILAR