ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-002643
ASUNTO : RP01-P-2008-002643
Visto el escrito de solicitud presentado por la abogada. MARIUSKA GABALDON ROJAS en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público, en donde le solicita a este tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, MANDATO DE CONDUCCION a los fines de ser impuestos y garantizarles su derecho a la defensa, a los ciudadanos: Jesús Alejandro Longart Leonet con domicilio en Residencias La Fundación Cumaná IV, Torre2, apto 2-12, Piso 01, Cumaná, Estado Sucre y Elinor Josefina Boada Rivas con domicilio en la Urbanización El Bosque, Calle Los Cedros, casa No-05, Cumaná, Estado Sucre y que los mismos sean conducidos por la fuerza pública a la sede de ese despacho, a fin de ser entrevistado sobre los hechos que se investigan en la causa No-19F7-1C-136-07 donde los mismos aparecen como presuntos imputados por la comisión del delito que la representación fiscal precalifica como Estafa en perjuicio del ciudadano: Jesús Enrique Otero Ramos, hecho ocurrido el día: 23-05-02, todo obedece a que los mencionados ciudadanos han sido citados en diferentes oportunidades ante esa fiscalía y no han hecho acto de comparecencia en la misma; este Tribunal una vez analizado el presente escrito de solicitud y cada una de las actas procesales que conforman la causa, observa que efectivamente los referidos ciudadanos no han cumplido con el llamado que les ha formulado la representación fiscal; por lo que se hace procedente la solicitud que invoca la vindicta Pública y es por lo que este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ORDENA MANDATO DE CONDUCCION en contra de los ciudadanos: Jesús Alejandro Longart Leonet con domicilio en Residencias La Fundación Cumaná IV, Torre2, apto 2-12, Piso 01, Cumaná, Estado Sucre y Elinor Josefina Boada Rivas con domicilio en la Urbanización El Bosque, Calle Los Cedros, casa No-05, Cumaná, Estado Sucre, a fin de que los mismos sean conducidos por la fuerza pública en forma inmediata ante la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, ubicado en la Avenida Universidad, Edificio Sede del Ministerio Público, Piso 01, Oficina 101, Cumaná, Estado Sucre, el día: 13-06-08 a las 8:30 am, con el debido respeto de sus derechos constitucionales, a objeto de ser entrevistados en la investigación penal No-19F7-1C-136-07. Dicho mandato tendrá un plazo que no excederá de Ocho (8) horas contadas a partir de la conducción por la fuerza pública. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Mandato de Conducción anexo a oficio al Comandante General de Policía del Estado Sucre. Notifíquese a la Representación Fiscal Y remítase las presentes actuaciones a la Fiscal Séptima del Ministerio Público.
El Juez Tercero de Control.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
El Secretario.
Abg. Carlos González.
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