REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.


ACTA DE AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA DE JUICIO


ASUNTO Nº: RH31-L-2006-000059

PARTE DEMANDANTE: CARMEN ISMENIA ACUÑA, venezolana, mayor de edad, titular de Cédula de Identidad Nº. V- 5.076.300, domiciliado en esta ciudad de Cumaná del Estado Sucre, y JOSE FELIPE RIVERA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 508.061.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: CARMEN MUJICA y JOSÉ ARMANDO PEÑA MÁRQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 53.066 y 38.019, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: ELECTRICIDAD DE ORIENTE (ELEORIENTE), C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ANGEL GARCIA y RENE TEJADA, abogados en ejercicios e inscritos en el inpreabogado bajo los números: 59.244 y 57.498 respectivamente.
MOTIVO: DERECHO A JUBILACIÓN.
En horas de despacho del día de hoy, jueves tres (03) de julio de 2008, siendo las 9:00 am, reunidos en la Sala de Audiencias de los Tribunales Laborales de este Circuito Judicial, día y hora, fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública de Juicio, a los fines de dictar el dispositivo del fallo, en la presente causa que por DERECHO DE JUBILACIÓN, ha incoado los Ciudadanos CARMEN ISMENIA ACUÑA Y JOSE FELIPE RIVERA GONZALEZ, plenamente identificados en autos, contra la Demandada ELECTRICIDAD DE ORIENTE, (ELEORIENTE) C.A. De conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se constituye el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Presidido por el Juez, Abg. LUIS RAMON SALAZAR, la Secretaria Abg. ZORAIDA LEMUS ROMERO y el Alguacil CESAR FRANCO.

Asimismo, se deja constancia que no se encuentran presentes en la Sala de Audiencias, los ciudadanos CARMEN ISMENIA ACUÑA Y JOSE FELIPE RIVERA GONZALEZ, ya identificados ni por si mismo ni por medio de apoderado judicial, de igual forma se deja constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada abogado en ejercicio, ANGEL GARCIA, e inscrito en el inpreabogado bajo el número: 59.244 respectivamente; razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia Oral y Pública de Juicio.

La Secretaria del Tribunal informa al ciudadano Juez el motivo de la presente Audiencia Oral y Pública de Juicio.

En este estado, este Tribunal vista la incomparecencia de la parte accionante, de conformidad con lo preestablecido en el dispositivo del artículo 158 y 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DECLARA EL DESISTIMIENTO DE LA PRETENSIÓN.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:

PRIMERO: SE DECRETA EL DESISTIMIENTO DE LA PRETENSIÓN , Y EN CONSECUENCIA SE EXTINGUE EL PRESENTE PROCESO; en la demanda por DERECHO A JUBILACIÓN Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN DE TRABAJO intentada por los ciudadanos CARMEN ISMENIA ACUÑA, venezolana, mayor de edad, titular de Cédula de Identidad Nº. V- 5.076.300, domiciliada en esta ciudad de Cumaná del Estado Sucre, y JOSE FELIPE RIVERA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 508.061, representados judicialmente por los abogados: CARMEN MUJICA y JOSÉ ARMANDO PEÑA MÁRQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 53.066 y 38.019, respectivamente, contra la demandada ELEORIENTE, C.A. Representada judicialmente por ANGEL GARCIA, abogado en ejercicios e inscritos en el inpreabogado bajo el número 59.244.

SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, por la naturaleza del fallo. Así mismo se le observa a las partes que contra esta decisión podrá el demandante apelar en ambos efectos por ante el Tribunal Superior del Trabajo competente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.

Esta audiencia se reprodujo con una cámara SONY, Modelo: DCR-TRV22, Mini DV, Serial 498347, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción Judicial, ciudadano ANGEL GARCÍA.

Se declara concluida la Audiencia de Juicio. Siendo las 09:00 am. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ.

ABG. LUIS RAMON SALAZAR.

LA SECRETARIA


ABG. ZORAIDA LEMUS R.