REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumana, Quince (15) de Julio de dos mil ocho
198º y 149º


ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR


N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2008-000270
PARTE ACTORA: FRANCISCO DIAZ
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: JAVIER JOSÉ MENDOZA
PARTE DEMANDADA: CANTERAS EL PEDREGAL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DESCONOCIDOS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy Quince (15) de julio de dos mil ocho, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previo anuncio del acto con las formalidades de ley, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno; asimismo se deja constancia la no comparecencia de la parte demandada, por ningún representante legal, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
La Jueza


Abg. Carolina Chakian M.

El Secretario

Abg. Sergio Sánchez D