REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SALA DE JUICIO – SEDE CUMANÁ
198º Y 149º
AUTORIZACIÓN
Quien suscribe, Jueza Titular Nro. 2 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sala de Juicio, Sede Cumaná.
AUTORIZA, suficientemente al ciudadano Adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, venezolano, adolescente, titular de la cédula de identidad Nº: 21.398.710 y de este domicilio, para que se inscriba en el Instituto Universitario Militar de Comunicaciones y Electrónica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de Venezuela, Instituto Militar Universitario, quien será representado por sus padres RICHARD JOSE FIGUERA MARTINEZ y FRANCISCA ANTONIA BETANCOURT MONTAÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: 10.951.351 y 11.830.712, respectivamente y domiciliados en la Urbanización Cristóbal Colon, Calle 04, Casa Nº: 78, Cumaná Estado Sucre, con fundamento en los artículos 8, 53 y 55 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Esta AUTORIZACIÓN, se emite para que surta los efectos legales correspondientes y tiene una validez por tiempo indefinido.
En Cumaná a los veinticinco (25) días del mes de julio del año dos mil ocho (2008). Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.-
La Jueza Nro. 2
Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI
JUEZA TITULAR Nº: 2 DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE- CUMANA
MEG/mjc.-
Exp. TP2-1315-08
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