REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
T.Penal de Ejecución del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 9 de Julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-001059
ASUNTO: RP11-P-2006-001059
AUTO SOLICITANDO A LA DEFENSA DEL PENADO LA CONSIGNACIÓN DE LA OFERTA DE TRABAJO DEL PENADO DE AUTOS DONDE SE INDIQUE LA DIRECCIÓN COMPLETA DE LA EMPRESA.
Visto el escrito interpuesto por el Abg. LUIS IZAQUIRRE, en su carácter de defensor del penado JOSÉ MARÍA VELÁSQUEZ CORTÉZ, quien consigna Oferta de Trabajo de su representado, a los fines de que conjuntamente con los otros requisitos consignados se le acuerde a su defendido una Fórmula Alternativa al Cumplimiento de la Pena.
Ahora bien, éste Tribunal a los fines de decidir, observa que en la referida Oferta de Trabajo, no consta la dirección completa de la empresa que ofrece trabajo al penado, por tal motivo se acuerda su notificación a los fines de que se tramite una Oferta de Trabajo donde conste la dirección completa de la empresa. Notifiquese al defensor y al penado a través del Director del Internado Judicial de ésta ciudad. Cúmplase
La Jueza Segunda de Ejecución
Abg. Lourdes Salazar Salazar
La Secretaria
Abg. María Pereira