REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 29 de Julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 29 de Julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000177
ASUNTO: RP11-P-2004-000177

AUTO SOLICITANDO INFORMACIÓN AL PREFECTO DE SAN FÉLIX, ESTADO BOLÍVAR

Visto el escrito interpuesto por la Abg. Annia Nuñez, en su carácter de Defensora Pública Penal de los penados FABIAN ALFONSO GÓMEZ y ALEJANDRO JEFERSON GÓMEZ, quien solicita a éste Tribunal se decrete el Sobreseimiento Definitivo, en lo que respecta al penado ALEJANDRO JEFERSON GÓMEZ, ya que venció el tiempo de su confinamiento, asimismo solicita se acuerde informe psicosocial y los Antecedentes Penales al penado FABIAN ALFONSO GÓMEZ, con la finalidad de que se le acuerde la Fórmula Alternativa al Cumplimiento de Pena que le corresponda, también pide se solicite la Redención que le hubieren realizado en el Centro Penitenciario de Puente Ayala; es por lo que éste Tribunal de la revisión del presente asunto observa:

Primero: Que el penado FABIAN ALFONSO GÓMEZ, fue condenado a cumplir la pena de Ocho años de prisión, por el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad y al penado ALEJANDRO JEFERSON GÓMEZ, fue condenado a cumplir la pena de Cuatro años de prisión, por el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes en grado de Cooperador Inmediato, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en concordancia con el artículo 84 ordinal 3 del Código Penal, sentencia ejecutada en fecha 20-03-2005, por éste Tribunal.

Segundo: Que en fecha 22-09-2006, se dictó auto acordándose el CONFINAMIENTO al penado ALEJANDRO JEFERSON GÓMEZ, por el lapso de Nueve (09) meses, dieciséis (16) días y doce (12) horas, venciéndose el día 15-06-2007 a las 12del Mediodía, con la obligación de presentarse cada quince días por ante la Autoridad Civil, ubicada en la Prefectura Bolivariana de San Félix, Estado Bolívar y a tal efecto se remitió oficio como consta al folio 68 de la tercera pieza; y no habiendo constancia en el presente asunto que el penado de autos cumplió con lo impuesto, es por lo que se acuerda: Oficiar al Prefecto de San Félix, Estado Bolívar, para que informe si el referido penado cumplió con la totalidad de las presentaciones impuestas, a los fines de proceder o no a la extinción de su pena.


Tercero: En lo que respecta al penado FABIAN ALFONSO GÓMEZ, se observa que en fecha 28-01-2008, se facultó ampliamente al tribunal de Ejecución de Barcelona, Estado Anzoátegui, librándose EXHORTO al efecto sólo reservándose éste Tribunal La Libertad Plena, en virtud de que el penado se autos se encuentra recluido en el Internado Judicial de Barcelona (Puente Ayala) y no desea ser trasladado a Carúpano, como consta a los folios 137 al 143 de la pieza tres del presente asunto; asimismo consta a los folios del 157 al 161 de la mencionada pieza tres decisión donde consta la Negativa de la Fórmula Alternativa al Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto, dictado por el Tribunal Primero de Ejecución de Barcelona; por tal motivo éste Tribunal la considera Inoficioso acordar práctica de Informe Psicosocial del penado de autos y en lo relativo a los Antecedentes Penales, se observa que los mismos constan en el presente asunto, como se evidencia al folio 126 de la presente causa. Notifiquese al solicitante y Ofíciese al Prefecto de San Félix, Estado Bolívar. Cúmplase.

La Jueza Segunda de Ejecución

La Secretaria

Abg. Lourdes Salazar Salazar

Abg. Patricia Rasse