CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 17 de Julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-000066
ASUNTO: RP11-P-2007-000066

EJECUCIÓN DE SENTENCIA CON DETENIDO

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Condenatoria dictada, en fecha 05-06-2008, por Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual CONDENA al ciudadano: JESÚS RAFAEL ROJAS ROJAS, quien es Venezolano, de 38 años de edad, nacido en fecha: 06-10-1969, de oficio Agricultor, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.442.211, hijo de: Dolores Rojas y Carmen Simona Rojas domiciliado en Pueblo Nuevo, Cerca del Mercal. Tunapuicito. Municipio Benítez del Estado Sucre; a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano; aplicando la atenuante establecida en el numeral 4 del artículo 74 del Código Penal, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 Numeral 1 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JOSE ANGEL ROJAS MUNDARAIN (OCCISO), y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal Venezolano, en perjuio del ciudadano LUIS ANGEL GONZÁLEZ GÓMEZ; todo de conformidad con lo previsto en los artículo 367 del Código Orgánico Procesal penal.

En consecuencia. Este Tribunal Primero de Ejecución procede a Ejecutar la Sentencia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 479 numeral 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo que para decidir observa:
PRIMERO: El Penado: JESÚS RAFAEL ROJAS ROJAS, fue detenido en fecha 15-01-2007 y en fecha 16-01-2007, fue decretado su Privación Judicial Preventiva de Libertad por el tribunal Segundo de Control y hasta la presente fecha ( 17-07-2008 ), ha estado privado de su libertad durante Un (01) Año, Seis (06) Meses y Dos (02) días, y como fue condenado a cumplir la pena de Quince (15) Años de Prisión, le falta por cumplir: Trece (13) Años, Cinco (05) Meses y Veintiocho (28) días de prisión, los cuales Vencerá en fecha 15-01-2022.

SEGUNDO: El penado: JESÚS RAFAEL ROJAS ROJAS, puede optar a las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena, que a continuación se especifican:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, en el presente caso, se cumplirá en fecha 15-10-2010.
2.- RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, los cuales se cumplirán en fecha 15-01-2012.
3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 parte de la pena impuesta, las cuales se cumplirán, en fecha 15-01-2017
4.- CONFINAMIENTO: El penado puede solicitar la conversión de pena en confinamiento al cumplir las 3/4 partes de la pena, los cuales se cumplirán en fecha 15-04-2018

TERCERO: A los efectos del cumplimiento de las penas accesorias dictadas, previstas en el artículo 16 del Código Penal, las cuales comprenden: 1) La inhabilitación política durante el tiempo de la condena. 2) La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta (1/5) parte del tiempo de la condena, terminada esta; se ordena oficiar a los organismos competentes para su observancia.
CUARTO: Se designa como lugar de reclusión el Internado Judicial de Carúpano, Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Régimen Penitenciario.

DISPOSITIVA.

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA: Ejecutada la Sentencia Definitiva dictada, en fecha 05-06-2008, por Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual CONDENA al Penado. JESÚS RAFAEL ROJAS ROJAS, quien es Venezolano, de 38 años de edad, nacido en fecha: 06-10-1969, de oficio Agricultor, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.442.211, hijo de: Dolores Rojas y Carmen Simona Rojas domiciliado en Pueblo Nuevo, Cerca del Mercal. Tunapuicito. Municipio Benítez del Estado Sucre; a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano; aplicando la atenuante establecida en el numeral 4 del artículo 74 del Código Penal, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 Numeral 1 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JOSE ANGEL ROJAS MUNDARAIN (OCCISO), y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal Venezolano, en perjuio del ciudadano LUIS ANGEL GONZÁLEZ GÓMEZ; todo de conformidad con lo previsto en los artículo 367 del Código Orgánico Procesal penal.
En consecuencia Este Tribunal Primero de ejecución Acuerda: PRIMERO: Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario-Carúpano, a los Fines que le sea Practicado Informe Psico-Social al Penado, quien opta por el DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, en el presente caso, se cumplirá en fecha 15-10-2010.
SEGUNDO: se acuerda Oficiar a la División de Antecedente Penales adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, a objeto de que remita a la mayor brevedad posible a este Tribunal, la Certificación de Antecedente Penales, correspondiente al Mencionado Penado:, suficientemente identificado en autos.
TERCERO: Se acuerda remitir Copia Certificada de la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 05-06-2008, por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano y del presente auto de ejecución de Sentencia, al Jefe de la División de Antecedentes Penales adscritos al citado Ministerio, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario-Carúpano, a la Dirección del Internado Judicial de esta ciudad de Carúpano y al Fiscal del Ministerio Público en materia de Ejecución de Sentencia.
CUARTO: Se acuerda fijar la audiencia de imposición para el día , 30-07-2008 a las 2:00 PM., en la Sala de Audiencias N° 1-B, de este Circuito Judicial Penal. Líbrense los oficios respectivos. Notifíquese a las partes y Librese boleta de traslado. Publíquese, regístrese. Cúmplase.
La Juez Primero de Ejecución
Abg. Ysmenia S Fernández H. La Secretaria
Abg. Claudia Figueroa.