CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 15 de Julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000018
ASUNTO: RP11-P-2004-000018

AUTO ACORDANDO LIBRAR EXHORTO


Visto el escrito interpuesto por la Abogada. Sandra Kassid, en su carácter de defensor publico penal del Penado: ISRAEL ANTONIO AGUILERA, mediante el cual Solicita EXHOTO, de la Presente causa al Tribunal de ejecución del Estado Monagas, ya que el penado se encuentra recluido en el Centro Penitenciario la Pica del Estado Monagas.

Este Tribunal Primero de Ejecución a los fines de decidir observa.

Vista la solicitud realizada por el defensor publico penal. Abogada Sandra Kassid en donde solicita se acuerda librar EXHOTO, de la Presente causa a favor de su defendido, al Tribunal de ejecución del Estado Monagas, ya que el penado se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de la Pica Estado Monagas, es por lo que este tribunal primero de Ejecución Acuerda Librar Exhorto al Tribunal de ejecución del Estado Monagas, de conformidad con lo previsto en el artículo 481 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece:

ARTÍCULO 481: LUGAR DIFERENTE: Si el penado debe cumplir la sanción en un lugar diferente al del Juez de ejecución notificado, este deberá informar al juez de ejecución del sitio de cumplimiento, y remitir copia del cómputo para que proceda conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 479.”
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Ejecución del Segundo Circuito Judicial del estado Sucre. Extensión Carúpano, acuerda librar exhorto al Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, a los fines de que garantice los derechos del penado ISRAEL ANTONIO AGUILERA, titular de la cédula de identidad N° V-18.024377, en atención a lo previsto en el artículo 479 ordinal 3° en relación con el artículo 481 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese exhorto. Notifíquese a las partes. Remítase. Cúmplase
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
Abg. Ysmenia S Fernández H


La Secretaria Judicial.

Abg. Claudia Figueroa




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 15 de Julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000018
ASUNTO: RP11-P-2004-000018

AUTO ACORDANDO LIBRAR EXHORTO


Visto el escrito interpuesto por la Abogada. Sandra Kassid, en su carácter de defensor publico penal del Penado: ISRAEL ANTONIO AGUILERA, mediante el cual Solicita EXHOTO, de la Presente causa al Tribunal de ejecución del Estado Monagas, ya que el penado se encuentra recluido en el Centro Penitenciario la Pica del Estado Monagas.

Este Tribunal Primero de Ejecución a los fines de decidir observa.

Vista la solicitud realizada por el defensor publico penal. Abogada Sandra Kassid en donde solicita se acuerda librar EXHOTO, de la Presente causa a favor de su defendido, al Tribunal de ejecución del Estado Monagas, ya que el penado se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de la Pica Estado Monagas, es por lo que este tribunal primero de Ejecución Acuerda Librar Exhorto al Tribunal de ejecución del Estado Monagas, de conformidad con lo previsto en el artículo 481 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece:

ARTÍCULO 481: LUGAR DIFERENTE: Si el penado debe cumplir la sanción en un lugar diferente al del Juez de ejecución notificado, este deberá informar al juez de ejecución del sitio de cumplimiento, y remitir copia del cómputo para que proceda conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 479.”
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Ejecución del Segundo Circuito Judicial del estado Sucre. Extensión Carúpano, acuerda librar exhorto al Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, a los fines de que garantice los derechos del penado ISRAEL ANTONIO AGUILERA, titular de la cédula de identidad N° V-18.024377, en atención a lo previsto en el artículo 479 ordinal 3° en relación con el artículo 481 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese exhorto. Notifíquese a las partes. Remítase. Cúmplase
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
Abg. Ysmenia S Fernández H


La Secretaria Judicial.
Abg. Claudia Figueroa