REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 30 de Julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-005072
ASUNTO: RP11-P-2005-005072
Visto el escrito interpuesto por la Fiscal del Ministerio Público con competencia en materia de drogas, mediante el cual solicita a este Tribunal que de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del código orgánico procesal penal, se decrete el sobreseimiento de la presente causa seguida contra el ciudadano Chassan Kassabian por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de sustancias estupefacientes, previsto en el artículo 34 de la ley orgánica contra el trafico ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en perjuicio de la colectividad ello en virtud de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación, ya que se trató de un procedimiento policial desprovisto de testigos, y el imputado arrojó positivo como consumidor, Este tribunal, pasa a decidir prescindiendo de la realización de la audiencia a que se contrae el artículo 323 del código orgánico procesal penal, en virtud de la intrascendencia de la cantidad decomisada y al hecho de que por la naturaleza de la materia ventilada, el Ministerio Público es el representante de la víctima que en el presente caso es la colectividad, en los términos siguientes: De la revisión de la presente causa se evidencia que la misma fue aperturada en fecha 01 de Enero del 2002, igualmente se evidencia que el resultado de el examen toxicológico del imputado arrojó positivo, razón por la cual, estima quien decide, que a estas alturas del proceso, en la presente fecha es imposible que puedan incorporarse a la investigación elementos que permitan el enjuiciamiento del imputado, configurándose en consecuencia, la causal del ordinal 4º del artículo 318 del código orgánico procesal penal , por lo que se estima procedente decretar el sobreseimiento solicitado y así se decide:
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, Este tribunal Primero de Control del circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano Chassan Kassabian, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº E-80.900.024, hijo de Jorge Kassabian y Akibi Kassabian y domiciliado en el sector Villa Paraiso, casa S/N, San Martín, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de sustancias estupefacientes, previsto en el artículo 34 de la ley orgánica contra el trafico ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del código orgánico procesal penal. Librense las notificaciones respectivas.
El Juez Primero de Control
Abg. Luís Mariano Marsella.
La secretaria.
Abg. Maria Acosta.
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