Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 23 de Julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RK01-P-2001-000041
ASUNTO : RK01-P-2001-000041
Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al penado : OSWALDO JOSÉ MARTÍNEZ EVARISTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.383.010 , condenado mediante sentencia firme dictada por la Corte de Apelaciones del Estado Sucre a cumplir la pena de: QUINCE (15) AÑOS SEIS (06) MESES, por la comisión del delito de: COOPERADOR INMEDIATO EN HOMICIDIOM CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° Código Penal vigente para la fecha del hecho; este Tribunal pasa a actualizar computo de pena por cumplir y previamente hace las siguientes consideraciones:
El penado de autos se encuentra detenido desde el 17-10-2001 hasta el día de hoy 23-07-2008, ha cumplido físicamente SEIS (06) AÑOS NUEVE (09) MESES Y SEIS (06) DÍAS que sumados A CUATRO REDENCIONES, LA PRIMERA DE ELLAS tiene tiempo real de redención reconocido de UN (01) AÑOS UN (01) MES Y VEINTE (20) DÍAS Y DOCE (12) HORAS; LA SEGUNDA DE ELLAS tiene tiempo real de redención reconocido de NUEVE (09) MESES SEIS (06) DÍAS Y DOCE (12) HORAS; LA TERCERA DE ELLAS tiene tiempo real de redención reconocido de SIETE (07) MESES DIECIOCHO (18) DÍAS Y DOCE (12) HORAS que sumados al tiempo de la última de las redenciones ya debidamente ejecutadas cuyo tiempo real de redención reconocido es de SEIS (06) MESES DOS (02) DÍAS da un total de pena cumplida NUEVE (09) AÑOS NUEVE (09) MESES VEINTIDOS (22) DIAS Y DOCE (12) HORAS. Le falta por cumplir CINCO (05) AÑOS OCHO (08) MESES VEINTIDOS (22) DIAS Y DOCE (12) HORAS tiempo este que será cumplido en fecha 16-04-2014.
Es por lo que este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley considera: Actualizado como ha sido el cómputo de pena al penado OSWALDO JOSÉ MARTÍNEZ EVARISTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.383.010, SE DECLARA: La presente condena culminará en fecha 16-04-2014. Ofíciese al Director del Internado Judicial de esta ciudad y remítase el presente cómputo actualizado a la Dirección del Internado Judicial de esta ciudad de Cumaná. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN.-
Abg. Nayip Beirutti.-
La Secretaria.
Abg. Luisa Gómez-
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