CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE – SEDE CUMANÁ
Cumaná, 30 de Julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP01-P-2008-003171
ASUNTO: RP01-P-2008-003171
En el día de hoy, 30 de julio de dos mil ocho (2008), siendo la ocasión de la realización de la AUDIENCIA ORAL a fin de que este Tribunal se pronuncie sobre el pedimento de la practica del examen psiquiátrico en la presente causa, se constituye el Tribunal Sexto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, a cargo de la Juez MARLENY MORA SALAS, acompañada de la Secretaria Judicial ABG. ELIZABETH SUÁREZ LÓPEZ y los Alguaciles de Sala Carlos Villarroel y Mario Ruiz, en la sala Nº 06 de este Circuito Judicial Penal, causa que se le sigue al ciudadano JESÚS RAFAEL LARA VILLAEL, venezolano, titular de la cédula de Identidad número V.- 19.892.686, de estado civil soltero, de oficio vigilante, fecha de nacimiento 12-03-84, edad 24 años , hijo de Olivia Villae y Jesús Lara , residenciado en altos de Sucre, sector Cocollar, cerca del Liceo Tomás patricio Alcalá, Estado Sucre, por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la LEY ORGÁNICA SOBRE EL TRAFICO ILÍCITO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS en perjuicio de la COLECTIVIDAD como lo es el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTE, previsto y sancionado en el articulo 31 de la referida ley. Seguidamente se verifica la presencia de las partes, dejándose constancia que se encuentran presente el imputado de este asunto, previo traslado, el ABG. CESAR GUZMÁN, Fiscal Undécimo del Ministerio Público y la Defensora Pública ABG. CAROLINA MARTÍNEZ. Acto seguido la Juez le concede el derecho de palabra a la Defensora Pública Abg. Carolina Martínez, quien expone: