CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE – SEDE CUMANÁ
Cumaná, 28 de Julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP01-P-2008-003026
ASUNTO: RP01-P-2008-003026
En el día de hoy, VEINTIOCHO (28) de JULIO del año dos mil ocho (2008), se constituye el Tribunal Sexto de Control, presidido por la Jueza MARLENY MORA SALAS, acompañada de la ABG. ELIZABETH SUÁREZ, Secretaria de sala a fin de realizar la audiencia oral de PRORROGA de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en la presente causa seguida al imputado CARLOS ALBERTO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ; acto seguido se verifica la presencia de las partes con auxilio del Alguacil de Sala CARLOS VILLARROEL y se deja constancia que se encuentran presentes la Fiscal Primera Encargada del Ministerio Público, ABG. MAGLLANYTS BRICEÑO, la Defensora Pública ABG. CAROLINA MARTÍNEZ y el imputado antes mencionado; Acto seguido la juez expone el motivo de la audiencia.-
DE LA SOLICITUD FISCAL
Seguidamente la juez le concede el derecho de palabra a la Fiscal del Ministerio Público quien ratifica su solicitud de prorroga interpuesta en su oportunidad en fecha 23-07-08, aún faltan diligencias que recabar, como lo es el resultado del examen médico forense practicado a la víctima, Henry Marcano Vera, así mismo realizarle entrevista al ciudadano Joaquín alonso Abad, y poder así ampliar la misma, tal y como consta en autos y es necesaria para que esta representación fiscal presente el respectivo acto conclusivo, es por todo lo antes expuesto que solicitó se otorgue prorroga de QUINCE (15) días para recabar la misma conforme al artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.- Es todo.-
DE LA DECLARACIÓN DEL IMPUTADO
Seguidamente a los fines de concederle la palabra al imputado se les explico el significado del precepto constitucional contenido en el ordinal 5° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, concediéndole el derecho de palabra quien manifestó NO querer declarar. Es todo.-
DE LOS ALEGATOS DE LA DEFENSA
Acto seguido se le concede la palabra a la defensora Pública ABG. CAROLINA MARTÍNEZ, quien expone: me opongo al numero de días solicitado por la Fiscalía del Ministerio Público, en razón del tiempo que tiene aperturada la investigación, aunado a que las diligencias faltantes en la cual hace referencia tiene que ver con el ciudadano dueño del Local donde ocurrieron los hechos, es decir, es perfectamente ubicable para la práctica de estas diligencias, según emergen de las propias actuaciones, además del resultado de reconocimiento médico legal practicado al ciudadano Henry Marcano Vera, hasta la presente fecha creo que ha transcurrido suficiente tiempo para que el CICPC aporten el mismo a la investigación en cuestión, en ese sentido solicito al Tribunal el menor número de días posibles visto el tiempo transcurrido con mi representado privado de libertad, solicito copias simples del acta. Es
DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Sexto de Control ADMINISTRADO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera que la solicitud de prorroga presentada por el ministerio público fue presentada en tiempo hábil para ello tal como lo establece el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia acuerda otorgar PRORROGA de DIEZ (10) DÍAS para que la ciudadana representante del Ministerio público presente el respectivo acto conclusivo, prórroga contada a partir del día del vencimiento legal para dictar el respectivo acto conclusivo, extendiéndose dicho lapso por el establecido en la prorroga hoy acordada, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.- En este mismo acto se le hace entrega de las presentes actuaciones a la representante de la Fiscalía 1° del Ministerio Público constante de sesenta y dos (62) folios útiles, por cuanto esta corriendo el lapso para presentar actos conclusivo.- Quedan las partes notificadas con la lectura y firma de la presente acta, es todo, terminó, se leyó y conformes firman,
La Juez Sexta de Control,
MARLENY MORA SALAS.
La Secretaria,
ELIZABETH SUÁREZ.