REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumaná, seis de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO : RP31-L-2007-000228
Vista la diligencia presentada por NADIA KABBABE, titular de la cédula de identidad nro. 11.377.588, en su carácter de representante del patrono y por el ciudadano CRUZ ALCALA LICET, titular de la cédula de identidad nro. 15.936.215 debidamente asistido por la Abg. YSABEL GARCIA, profesional inscrita en el impreabogado bajo el nro 98.600 , el cual contiene una transacción celebrada entre las partes por la cantidad de QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES FUERTES (BS.f. 579,00), ambas partes solicitan a este Juzgado el archivo del presente expediente este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, una vez constatado que el acuerdo entre las partes es producto de la voluntad, libre y espontánea y tienden a una resolución armoniosa de la controversia y por cuanto los mismos no son contrarios a derecho ni vulnera derechos irrenunciables; y visto que se recibió la totalidad de la cantidad antes señalada a su total satisfacción, le imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica, en concordancia con el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal Laboral del Trabajo otorgándole fuerza de cosa Juzgada ya que es Ley entre las partes, y no teniendo esta juzgadora ninguna otra actuación que realizar con ocasión a la presente solicitud declara TERMINADO el presente procedimiento y ordenar el ARCHIVO JUDICIAL del presente expediente. Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada de la presente decisión.
Dada, firmada, sellada y Refrendada, a los seis (06) días del mes de Febrero de dos mil ocho (2008). Líbrese oficio a la Coordinadora Judicial de este Circuito Laboral. Cúmplase.-
LA JUEZ.
Abg. ALBELU N. VILLARROEL.
LA SECRETARIA.
Abg. ZORAIDA LEMUS R.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA.
Abg. ZORAIDA LEMUS R.
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