LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
CARÚPANO, 27 de Febrero del 2008
197° y 149°
Sol. N° 5196.
SOLICITANTE: CLARISA JOSEFINA CORDERO LOZADA, Titular
de la Cédula de Identidad N° 9.459.529.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó
APODERADO: No otorgó Poder.
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: CLARISA JOSEFINA CORDERO LOZADA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 9.459.529, y de este domicilio, debidamente asistida por la Abogado en ejercicio: DORYS MARIA MALAVÉ QUIJADA, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 71.211, y estudiadas como han sido las declaraciones de las testigos ciudadanos: YOHANNY ALBERTO ZABALA y RODOLFO JOSÉ GRANADO, Venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 13.729.283 y 11.436.769, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los Extinto: JOSÉ CORDERO TENIA y LUISA LOZADA DE CORDERO, a los ciudadanos: WILFREDO JOSÉ, YELITZA INGRIS, JOSÉ DEL VALLE, YULITZA JOSÉ Y MARIELITZA JOSÉ CORDERO LOZADA, así como a la solicitante, ciudadana: CLARISA JOSEFINA CORDERO LOZADA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 9.459.529, y de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Se acuerda expedir la copia certificada solicitada. Así se Decide.
El Juez Temp.,
La Secretaria,
Abg. Nereida Estaba García.-
Abg. Francis Vargas C.
Constante de Diecisiete (17) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
NEG/Fvc/ajno.
Sol 5196
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