JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 20 DE FEBRERO DEL 2008.
197° Y 148°

Sol. N° 5.181

SOLICITANTE: ARLENY ROSARIO SALAZAR DE MUÑOZ, Titular de
La Cédula de Identidad N° 3.943.433.

DOMICILIO PROCESAL: Urbanización Tío Pedro, Edificio N° 03, Piso
N° 03 Apartamento B, Avenida Rómulo Gallegos
Parroquia Santa Teresa, Municipio Bermúdez
Del Estado Sucre.

APODERADO: No otorgó Poder.

MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:

Vista la solicitud presentada por la ciudadana ARLENY ROSARIO SALAZAR DE MUÑOZ, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cedula de Identidad N° 3.943.433, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio VÍCTOR MANUEL DÍAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.150 y estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanos: EDGAR JOSÉ RIVERO y MELVIN JAVIER ORTEGA GUERRA, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 10.222.091 Y 18.413.030 respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO: CARLOS ANTONIO SALAZAR BLANCO a los ciudadanos: TERESA DE LA CRUZ ESCOBAR DE SALAZAR, CARLOS TULIO SALAZAR SUBERO, ARLENY ROSARIO SALAZAR DE MUÑOZ, CARLOS ANDRÉS SALAZAR ESCOBAR, ADOLFO JOSÉ SALAZAR ESCOBAR y CRUZ TERESA SALAZAR ESCOBAR, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se Decide. Así mismo se acuerda expedir las dos (02) copias Certificadas solicitadas. Cúmplase lo ordenado.
La Juez Temporal,

Abg. Nereida Estaba García.
La Secretaria.

Abog. Francis Vargas Campos.
Constante de Quince (15) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.
La Secretaria.

Abog. Francis Vargas Campos.


NEG/Fv/dr.
Sol. Nº 5.181.